Para la defensa de Sasso la resolución de Casación confirmó que la detención no se debería haber realizado

Sostiene que no se tuvo en cuenta el tiempo que llevaba detenido como prisión preventiva y que no había riesgo de fuga porque lleva cumplida la mitad de la condena.

Facundo Caparelli y Federico Sasso durante el juicio. (Foto: archivo 0223).

4 de Noviembre de 2020 15:00

Por Redacción 0223

PARA 0223

El abogado defensor de Federico Sasso sostuvo que la resolución de la Sala I de Casación que abrió la puerta para que la Corte defina que calificación corresponde a los hechos juzgados en su momento por el Tribunal Oral en lo Criminal 1 también admitió su planteo acerca de la situación de su defendido y que tal lo planteado no se tendría que haber realizado su detención y traslado a la Unidad Penal 44 de Batán.

Para el abogado Facundo Caparelli si bien la resolución le permite a la otra parte insistir con el pedido de cambio de calificación a homicidio simple con dolo eventual, le rechazó los agravios sobre la consideración del test de alcoholemia y del exceso de velocidad por encima del agravante. “Eso ya quedó firme de manera definitiva y no vuelve a ser materia de discusión nunca más”, le dijo a 0223.

Tal como adelantó este medio, Casación declaró parcialmente admisible el recurso extraordiario de inaplicabilidad de la ley del abogado Maximiliano Orsini, parcialmente admisible el de inaplicabilidad de ley de Caparelli y solo declaró inadmisible el recurso extraordinario de nulidad deducido contra la misma sentencia.

Según el defensor del joven condenado por atropellar y matar a Lucía Bernaola, la admisión del recurso de inaplicabilidad demuestra que Casación no tuvo en cuenta el tiempo que Sasso llevaba detenido bajo la modalidad de arresto domiciliario. “No había riesgo de fuga alguno, llevaba más de la mitad de la condena y el traslado a la Unidad Penal 44 de Batán no tendría que haberse realizado”, señaló.

Para Caparelli esa decisión reconoce que el joven es aún procesado y no condenado por no estar la sentencia firme y que al ser procesado tiene derecho a una morigeración con salidas transitorias.

En abril del año pasadoel Tribunal Oral en lo Criminal 1 condenó a Federico Sasso a 6 años de prisión por el delito de homicidio culposo, la pena máxima prevista por el Código Penal para ese delito.