Condenaron a la primera persona en Mar del Plata por violar la cuarentena

El hombre de 43 años recibió una pena de la Justicia Federal a un año y ocho meses, que deberá cumplir bajo la modalidad de prisión domiciliaria.

15 de Mayo de 2020 14:50

Por Redacción 0223

PARA 0223

El hombre que había sido interceptado a fines de abril cuando llevaba a su hija en el baúl e intentaba violar el aislamiento social, preventivo y obligatorio (Aspo) se transformó este jueves en la primera persona en Mar del Plata en ser condenada por la Justicia Federal por haber incumplido el período de cuarentena decretado por el Gobierno de Alberto Fernández a raíz de la pandemia del coronavirus.

La condena a un año y ocho meses -que cumplirá bajo la modalidad de prisión domiciliaria- más multa, incluye los delitos de violación al Aspo y haber puesto en riesgo la salud pública resistiendo y desobedeciendo a la autoridad, e infracción de la ley de drogas 23.737. La investigación logró determinar que el acusado tenía pleno conocimiento y voluntad de infringir la norma.

Además, su hija de 24 años acordó una suspensión de juicio a prueba y deberá donar 7 mil pesos a entidades de bien público afectadas a la asistencia por la pandemia, según informaron desde el Ministerio Público Fiscal después de la audiencia de juicio abreviado que se celebró este jueves entre la fiscala Laura Mazzaferri y la defensa de los acusados junto al juez Santiago Inchausti. El proceso de flagrancia se desarrolló de manera íntegramente digital y en diez días hábiles.

El caso fue detectado por personal de la Policía de la Provincia de Buenos Aires el pasado 26 de abril, pasadas las 22, cuando interceptaron un automóvil que circulaba por la ruta 11, desde Mar del Plata camino a Santa Clara del Mar. El hombre que conducía no tenía ninguna documentación del vehículo, ni permiso para circular en medio del aislamiento obligatorio que rige en el país. Los ruidos que provenían del interior del auto llevaron a los efectivos a pedir que abra el baúl, donde llevaba oculta a su hija, de 24 años.

Cuando se dio intervención a la Fiscalía Federal Nº1, Mazzaferri se solicitó la requisa del vehículo, y además de dinero y dos cheques por 60 mil pesos, se encontraron tres envoltorios con una sustancia blanca que el peritaje correspondiente arrojó que se trataba de cinco gramos de clorhidrato de cocaína. Las pruebas reunidas, y en particular las conversaciones extraídas del teléfono celular del imputado, permitieron demostrar que la droga no estaba inequívocamente destinada a su consumo personal.

Al momento de dictar sentencia, se tomó en consideración otras dos condenas que pesan sobre el acusado: en 2015 había recibido la pena de tres años de prisión por el delito de tenencia de estupefacientes para comercialización; y hace un año había sido condenado por el delito de encubrimiento a la pena de ocho meses de efectivo cumplimiento.

“Razones de política criminal y de eficiencia en la administración de los recursos disponibles para la persecución penal refuerzan la decisión de suscribir el presente acuerdo de juicio abreviado y evitar la realización de un complejo y extenso debate oral”, sostuvo Mazzaferri en el marco de la audiencia, donde el acusado reconoció la responsabilidad de los hechos y prestó conformidad con la calificación legal adoptada en este acto.