Pase sanitario: un juez de Mar del Plata lo avala y otro falla en contra

El Juez Ferrán rechazó un pedido de inconstitucionalidad del pase libre que va en línea con lo determinado por la Suprema Corte Bonaerense. Ayer el juez López dispuso una medida cautelar que exime a una mujer a no presentarlo.

El Pase Sanitario genera apoyo y rechazo en la justicia . Foto ilustrativa:0223

29 de Diciembre de 2021 14:49

Por Redacción 0223

PARA 0223

La implementación del Pase Sanitario para impulsar a la población a completar el esquema completo de vacunación, tuvo en los últimos días, dos decisiones dispares de la justicia marplatense, en torno a su obligatoriedad.

En las últimas horas se conoció un fallo del juez Alfredo López, de la Justicia Federal de Mar del Plata, que dictó este martes una medida cautelar que exime a una mujer de presentar el Pase Sanitario dispuesto por los gobiernos provincial y nacional por la pandemia del coronavirus.

La medida del polémico juez, argumenta que la obligatoriedad “se violentarían a priori” los artículos 14, 16 y 19 de la Constitución Nacional y por tal motivo, eximió de la presentación del Pase Sanitario a la demandante -Luciana Acuña- de exhibir y/o portar la acreditación sanitaria.

En contraposición, la semana pasada el juez Félix Ferrán del Juzgado Civil y Comercial Nº4 de Mar del Plata, rechazó un pedido de inconstitucionalidad del Pase Sanitario por entender que los gobiernos nacional y provincial “establece mecanismos de protección y prevención para la totalidad de la población en procura de un interés superior como es el bien común” y como “en consecuencia el propio accionar libre del individuo es el que lo lleva a quedar fuera del goce de actividades recreativas y sociales que la autoridad administrativa considera en base al análisis epidemiológico como de mayor riesgo”.

En el argumento judicial, se advierte que "las personas no vacunadas contribuyen de manera desproporcionada a la transmisión. Las medidas de control dirigidas a esta población podrían maximizar el control de la epidemia y minimizar el impacto social en comparación con las medidas no dirigidas", evalúa el escrito al que tuvo acceso 0223.

Y agrega: “La vacunación compulsiva no viola la garantía constitucional a la autonomía individual y puede eventualmente justificar la interferencia estatal cuando se vieren perjudicados derechos fundamentales de terceros”.

La medida va en sintonía con lo dispuesto este martes 28 de diciembre por la Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires, que advierte ante un pedido similar al realizado en la justicia marplatense, a que la obligatoriedad del Pase Sanitario “no resultaría ostensiblemente conculcatoria de derechos preeminentes” y “no avanza hasta ese extremo de imposición coercitiva, sino que, respetuosa de la decisión de los litigantes a no vacunarse con algo que creen puede dañar su salud, les establece limitaciones y exige esfuerzos -algunos indudablemente importantes, pero siempre comparativamente menores- para no generar un riesgo adicional de contagio tanto para ellos como para el resto de las personas”.