Amnistía Internacional repudió los insultos del juez Alfredo López en sus redes públicas

La organización de derechos humanos mostró preocupación por los dichos donde el magistrado condena a las "femibolches" y las "aborteras". "Todo funcionario público puede tener convicciones personales y religiosas en el marco de su esfera íntima, pero no pueden nublar su imparcialidad", apuntaron.

El magistrado de la polémica resolución.

12 de Junio de 2021 08:26

Por Redacción 0223

PARA 0223

Aministía Internacional (AI) manifestó un enérgico repudio a las publicaciones que hizo meses atrás Alfredo López, el juez que falló contra la ley de interrupción voluntaria del embarazo (IVE) a principios de esta semana, en donde vertió expresiones discriminatorias e insultantes como "femibolches", "aborteras tiranas" y "degenerados".

"Amnistía Internacional también manifiesta su preocupación por el contenido de las redes sociales del juez Alfredo Eugenio López, a cargo del Juzgado Federal N°4, plagadas de afirmaciones agraviantes y violentas contra las mujeres defensoras de los derechos sexuales y reproductivos, lo que pone en riesgo su aptitud imparcial para decidir en el caso", reconoció la organización de derechos humanos.

A través de un comunicado, Mariela Belski, directora ejecutiva de la institución, se hizo eco de la publicación de 0223 y pidió al respecto que las "ideas íntimas" de magistrado no se impongan en sus sentencias. "Todo funcionario público puede tener convicciones personales y religiosas en el marco de su esfera íntima, pero no pueden nublar su imparcialidad e imponerse por sobre los derechos a la salud, la vida, la autonomía, la privacidad, consagrados en la ley, la Constitución Nacional y los tratados internacionales de derechos humanos", señalaron.

Belski también mostró su rechazo a la cautelar que concedió el lunes y recordó que "la ley de la IVE fue conquistada por el movimiento de mujeres y de derechos humanos tras un debate abierto, robusto y democrático". "Esta decisión puede constituir una vulneración de los derechos humanos de millones de mujeres y personas con capacidad de gestar. Incluso, puede comprometer la responsabilidad internacional del Estado argentino", aseveró.

Desde AI también advirtieron que a partir de la aprobación de la ley IVE "hubo una avanzada judicial contra el derecho al aborto": se promovieron al menos 32 acciones judiciales. "Sin embargo, más de la mitad fueron rechazadas y una minoría se encuentra aún en trámite. El rol del Poder Judicial como garante de los derechos humanos es proteger los derechos de las mujeres, y con ello la ley de aborto", enfatizaron.

“El mismo movimiento que luchó incansablemente por el derecho humano al aborto legal no dudará en proteger la ley de interrupción voluntaria del embarazo que vino a saldar una deuda pendiente de Argentina con las mujeres, niñas y personas con capacidad de gestar”, agregó Mariela Belski.

En este sentido, Amnistía Internacional garantizó que seguirá involucrándose para garantizar que todas las personas puedan ejercer sus derechos humanos. Además, la organización se ha presentado y seguirá interviniendo en aquellas causas judiciales que busquen impedir el derecho a la interrupción del embarazo.

La medida de suspensión de la práctica de aborto legal fue interpuesta a nivel federal este lunes a partir de la petición que elevó el 11 de mayo Héctor Adolfo Seri, un abogado de 69 años que pasó por la política en la década del ‘90, cuando fue primer candidato a diputado provincial por el partido de derecha Movimiento por la Dignidad y la Independencia liderado por el excarapintada Aldo Rico. El jubilado tuvo que concluir su carrera en la función pública en medio de un escándalo al quedar involucrado en la causa por estafa a la Administración Nacional de la Seguridad Social (Anses) que, se calcula, generó perjuicios fiscales por al menos 100 millones de pesos.

A raíz de la polémica cautelar de López, el derecho de las mujeres de todo el país de acceder, en determinadas circunstancias, a un aborto legal, seguro y gratuito queda vedado porque la posibilidad de apelación que se le concede al Ejecutivo es “en efecto devolutivo pero no en efecto suspensivo”. Entonces, hasta tanto no se resuelva la sentencia definitiva del planteo de constitucionalidad o no de la Ley 27.610, no se podrá llevar adelante esta práctica. Se estima una demora en el tratamiento de, al menos, veinte días.