Marplatenses ya se pueden inscribir al programa "Crédito Joven"

Se trata de una herramieta de "inclusión financiera" destinada a emprendedores de la ciudad de hasta 35 años. La convocatoria sigue abierta hasta el 15 de agosto. 

Foto ilustrativa: archivo 0223.

15 de Julio de 2021 14:08

Por Redacción 0223

PARA 0223

El Gobierno de Guillermo Montenegro informó que desde este jueves y hasta el 15 de agosto permanecerá abierta la convocatoria para inscribirse al programa "Crédito Joven", una iniciativa contempla la promoción del desarrollo productivo de personas de hasta 35 años que quieran iniciar una actividad comercial.

A través de un decreto, el intendente reglamentó la Ordenanza 25.048 que crea este programa. “Son ideas y sueños que se pueden transformar en microemprendimientos y que después serán pymes en expansión y que crearán puestos de trabajo”, destacó Fernando Muro, titular de la Secretaría de Desarrollo Productivo.

Esta normativa tiene como objeto promover el desarrollo productivo sustentable de los emprendimientos de General Pueyrredon, impulsados por jóvenes de hasta 35 años que deseen iniciar una actividad comercial. “Es una herramienta de inclusión financiera para los emprendedores jóvenes a quienes les es difícil acceder al crédito”, ratificó el funcionario.

La convocatoria está abierta desde este juevesy hasta el 15 de agosto, período en el cual los emprendedores locales podrán completar un formulario de preinscripción de proyectos en el sitio web del municipio www.mardelplata.gob.ar/creditojoven. En este mismo sitio, además, se puede consultar la reglamentación vigente y los requisitos generales. A su vez, los interesados podrán enviar sus consultas por correo a creditojoven@mardelplata.gov.ar

“Esto es innovador, es la primera vez que el municipio va a ayudar a emprendedores con asistencia financiera de hasta 200 mil pesos a devolver en un año y con seis meses de gracia”, afirmó Muro, quien agregó: "Buscamos los mejores proyectos y en la convocatoria le daremos preferencia a las iniciativas de triple impacto: económico, social y ambiental. Esa es nuestra visión”.

En uno de sus artículos, el decreto establece la creación del Fondo Municipal de Crédito Joven, el cual está destinado a aquellos emprendimientos que presenten proyectos productivos o demuestren la necesidad de inversión de bienes de capital, insumos, capacitación o formación laboral.

De esta manera, el Ejecutivo está autorizado a desarrollar y otorgar distintas líneas de créditos según las necesidades que se detecten en la población, solicitando que los mismos deben ser orientados al fomento del empleo joven, las industrias de las TIC, al fomento de los productos regionales del turismo, del desarrollo de la gastronomía y de todas aquellas actividades que se consideren incluidas dentro de la matriz productiva del distrito. Además, los emprendedores podrán acceder a asesoramiento contable, legal, administrativo y técnico para potenciar sus proyectos.    

Requisitos para acceder

Según el artículo 5º del decreto, son destinatarios directos de este programa jóvenes o grupos de jóvenes que cumplan con los siguientes requisitos:

a) Tener entre 18 y 35 años.

b) Tener residencia en el Partido de General Pueyrredon no menor a cinco (5) años.

c) Poseer Código Único de Identificación Laboral (CUIL) o Clave Única de Identificación Tributaria (CUIT)

d) Estar incluido dentro del Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (Monotributo).

e) Figurar en situación UNO (1) en la Central de Deudores del Sistema financiero generado por el Banco Central de la República Argentina en su página web, según el último informe emitido por el mismo.

f) Constancia de Clave Bancaria Uniforme (CBU) a nombre del titular.

Por su parte, quedan inhibidos de participar quienes desempeñen funciones o presten tareas en calidad de funcionarios o agentes del Poder Ejecutivo Nacional, Provincial o Municipal, cualquiera fuera su rango, o sus familiares cosanguíneos hasta primer grado.

A través de su rúbrica, la autoridad de aplicación será la Secretaría de Desarrollo Productivo e Innovación, la cual conjuntamente con la Secretaría de Economía y Hacienda establecerán anualmente el importe a ser aplicado al otorgamiento de los beneficios previstos por el presente programa.

Los nuevos emprendimientos que resulten seleccionados, además, quedarán eximidos del pago de la totalidad de la Monotasa, establecida en el artículo 123° de la Ordenanza Fiscal Vigente, por el término de 6 meses.