Avanza una propuesta para que no se pueda fumar en balnearios: comenzaría a regir en el verano

El oficialismo logró su aprobación en la Comisión de Salud y sancionaría la ordenanza la semana que viene. No contempla a las playas públicas y los concesionarios podrían habilitar una zona reservada para fumadores.

El oficialismo quiere que la nueva restricción ya se implemente este verano. Foto: 0223.

21 de Octubre de 2022 18:47

Por Redacción 0223

PARA 0223

Un proyecto de 2020 para prohibir fumar en los balnearios privados de Mar del Plata tomó impulso en las últimas semanas y ahora todo apunta a que se transformará en ordenanza la próxima semana. La iniciativa contempla la prohibición de fumar en todas las Unidades Turísticas Fiscales (UTF) administradas por la Cuidad, concesiones de otras jurisdicciones y los balnearios privados de Mar del Plata, y no así en las playas de acceso público.

La propuesta ya fue aprobada en las dos primeras comisiones que debían tratarla y el lunes tendrá un último abordaje en Legislación. A partir de allí, quedará en condiciones de ser tratada en la sesión ordinaria del Concejo Deliberante del jueves 28, un objetivo que el oficialismo reconoció este viernes, en el marco de la Comisión de Salud.

El proyecto fue presentado en 2020 por la concejala radical Marianela Romero (UCR) y tuvo un sinfín de idas y vueltas. Si bien recibió el ok del Emtur, el organismo encargado de controlar las UTF enfatizó su incapacidad de controlar el cumplimiento de la ordenanza. “La falta de agentes para controlar no puede impedir un proyecto con el que estamos de acuerdo. El Ejecutivo deberá tomar las medidas necesarias para llevar adelante el control”, opinó el radical Daniel Núñez. Distinta es la postura del Frente de Todos, donde la concejala Mariana Cuesta advirtió que “parece que se va a generar una norma que no se va a cumplir”.

Un alivio para muchos: las playas públicas no están contempladas en la ordenanza.

La redacción final del proyecto, que sufrió modificaciones respecto al original, apunta a la modificación de diversos artículos de la Ordenanza 20.104, sancionada en 2010 con el fin de reducir al mínimo los efectos nocivos del humo de tabaco, en un marco de un avance sostenido de nuevas prohibiciones para fumadores.

Actualmente, son dos los espacios generales sobre los cuales se prohíbe fumar o sostener tabaco encendido. Por un lado, las plazas, parques y cualquier espacio público donde existan áreas de juegos para niños, circuitos aeróbicos o destinados a la práctica de deportes. Por el otro, todos los espacios cerrados con acceso público, que abarca lugares de trabajo, comercios, salas de juego, shoppings, teatros, cines, etc.

A esa nómina ahora se incorporará un tercer grupo, las Unidades Turísticas Fiscales administradas por el Estado municipal, concesiones de prestación de servicios turísticos otorgados por otras jurisdicciones (por ejemplo, el Complejo de Punta Mogotes) y balnearios del sector privado.

La prohibición no será total, ya que los concesionarios de los balnearios podrán disponer de espacios libres de humo de tabaco debidamente señalizados, y de espacios adecuados para fumadores, en los cuales se deberán instalar al menos dos recipientes la disposición de colillas de cigarrillos. La ordenanza le otorga al Ejecutivo la responsabilidad de reglamentar las dimensiones y características de dichos espacios, donde en el debate en comisión se barajó como una posibilidad establecer que un pasillo sean enteramente destinados a fumadores.