Piden que no se pueda fumar más en locales gastronómicos y salones de fiestas de Mar del Plata

Se trata de una propuesta que presentó la Defensoría del Pueblo al Concejo Deliberante. El proyecto se justifica en la "tendencia mundial" que se acusa a la hora de ver "legislaciones cada vez más restrictivas con relación al humo del cigarrillo".

La Defensoría quiere derogar parte del texto de la ordenanza 20.104. Foto: archivo 0223.

24 de Junio de 2022 16:37

Por Redacción 0223

PARA 0223

La Defensoría del Pueblo de General Pueyrredon presentó este viernes un proyecto al Concejo Deliberante para que se prohíba fumar en locales gastronómicos y comercios que funcionen como salones de fiestas en Mar del Plata.

El organismo conducido por Fernando Rizzi, Daniel Barragán y Luis Salomón planteó al cuerpo deliberativo la necesidad de avanzar con nuevas modificaciones a la ordenanza 20.104, que ya fue aggiornada en los últimos años a través de la ordenanza 24.194.

Puntualmente, en la Defensoría pidieron derogar dos incisos del Artículo 6º. En el primero de ellos, se sostiene que la prohibición de fumar no es aplicable en “patios, terrazas, balcones y demás espacios al aire libre de los lugares cerrados de acceso al público que dispongan de sistemas de ventilación independientes u otros dispositivos o mecanismos que permitan garantizar la purificación del aire, la eliminación de humos, minimizar su impacto nocivo sobre los empleados de los mismos y evitar el traslado de partículas hacia las zonas donde se encuentre prohibido fumar”.

Y en el otro inciso, se resuelve la misma definición para “salas de fiestas, cuando estas sean utilizadas para eventos de carácter privado, las que deberán contar con mecanismos de renovación artificial del aire”.

Para la defensores, ambas excepciones deben dejar de existir al tener en cuenta, en primer lugar, que “la tendencia mundial se dirige cada vez más a legislaciones restrictivas con relación al humo del cigarrillo, teniendo como prioridad la preservación y cuidado de la salud pública”.

“Resulta imperioso evitar que se fume en lugares supuestamente abiertos o semiabiertos correspondientes a locales comerciales y también resulta imperioso declarar libre de humo a los comercios que funcionen como salones de fiestas, cualquiera sea la modalidad de los eventos que se desarrollen en los mismos”, exigieron, en el proyecto al que accedió 0223.

En el organismo consideraron que estas excepciones “resultan engorrosas y en más de una ocasión, conflictivas, habiéndose generado numerosas controversias en su aplicación”. “En esta Defensoría del Pueblo se reciben frecuentemente quejas por personas que fuman en sectores excepcionados de la prohibición de fumar, solicitando la modificación y extensión de los alcances de la normativa”, justificaron.

“De acuerdo a lo informado por la Subsecretaría de Inspección General, existen más de 350 locales gastronómicos en el Partido de General Pueyrredon, en muchos de los cuales existen zonas excepcionadas de la prohibición de fumar, de dificultoso control”, agregaron, en el mismo sentido.

En la Defensoría sostuvieron que “resulta adecuado, a más de 10 años de vigencia de la normativa que se pretende reformar, proceder a las reformas propuestas, que simplificarán la aplicación de la ordenanza vigente, evitando conflictos e interpretaciones, y garantizando mayor cuidado de los asistentes a locales gastronómicos y de eventos, y de sus trabajadores”.

En la ordenanza 24.194, que fue la última reforma que se aplicó, se había incorporado dentro de las prohibiciones del texto original, a las plazas, parques y paseos públicos y en los alrededores de los mismos donde existan áreas de juegos para chicos, areneros y lugares con circuitos aeróbicos y/o sectores para la práctica de deportes y recreación infantil, los que serán declarados libres de humo de tabaco.