Fotomultas: Provincia autoriza 121 dispositivos y pide que haya campañas de difusión

El Ministerio de Transporte habilitó el funcionamiento de 121 dispositivos en 38 puntos de la ciudad. Solicitó al Municipio que realice “campañas informativas de difusión masiva, de educación y concientización ciudadana”.

Los dispositivos comenzarán a funcionar el 23 de noviembre. Foto: 0223.

14 de Noviembre de 2022 19:40

Por Redacción 0223

PARA 0223

La Dirección Provincial de Apoyo y Coordinación Técnica Administrativa, dependiente del Ministerio de Transporte bonaerense, autorizó a la Municipalidad de General Pueyrredon al uso de los equipos de constatación de infracción de tránsito que comenzarán a funcionar en una primera etapa desde el 23 de noviembre. Además, requirió a la Comuna la implementación de campañas de información previo a que comiencen a realizarse las multas.

La Disposición Nº29/2022 firmada por su directora Marcela Meijide, dada a conocer hoy en el Boletín oficial provincial, habilitó el funcionamiento de un total de 121 dispositivos, ubicados en los 38 puntos de la ciudad informados la semana pasada por la Municipalidad, dado que en una misma intersección se ubicarán de a grupos de dos, tres y hasta cuatro unidades, para cubrir ambas manos de las dos arterias.

De ese total, 118 corresponden a equipos controladores de semáforos de 35 zonas, donde se constatará con cámaras de detección la violación de la luz roja e invasión de sendas peatonales. Los tres restantes son equipos fijos de controladores de velocidad -cinemómetros-, ubicados en las tres restantes zonas, en Constitución y Patagones, Juan B. Justo y Alvear, y Mario Bravo y Talcahuano, equipos que además requieren de la certificación de organismos nacionales.

Por otro lado, uno de los puntos salientes de la Disposición de la dependencia ministerial apunta a la recomendación al gobierno municipal para que lleve adelante una campaña de información previo a comenzar a multar.

La Comuna avanzó con la instalación de cartelería, aunque Provincia pidió una campaña informativa más amplia. Foto: 0223.

En concreto, el Artículo 4º sostiene que “se encomienda, antes de comenzar con la constatación efectiva de infracciones de tránsito y con posterioridad en forma periódica; la realización de campañas informativas de difusión masiva, de educación y concientización ciudadana en materia de Seguridad Vial”.

Dicha campaña, deberá estar “relacionada con tecnología a utilizarse, sus características, señalización, ubicaciones aprobadas y demás detalles atinentes, en resguardo de los principios procesales establecidos en la normativa de tránsito vigente”.