Suspensión de juicio a prueba por la muerte de un nene en la pileta de una colona de vacaciones

El hecho ocurrió en febrero de 2019 en el camping del Sindicato de Empleados de Comercio. Los imputados no podrán trabajar en natatorios durante la vigencia de la misma.

La suspensión de juicio a prueba se resolvió en el Juzgado Correccional N°4.

11 de Julio de 2022 13:58

Por Redacción 0223

PARA 0223

El Juzgado Correccional N°4 dictó la suspensión de juicio a prueba por un lapso de tres años en la causa por la muerte de un menor en la pileta del camping del Sindicato de Empleados de Comercio ocurrido en febrero de 2019. Los tres imputados deberán cumplir una serie de reglas de conducta durante ese plazo y en la misma sentencia se rechazó el planteo de extinción de acción penal.

De acuerdo a los datos a los que tuvo acceso 0223, el Juez Pedro Federico Hooft dispuso que los imputados –María Agustina Bianchi, Mauricio Sebastián Martínez y Eduardo Poggioli- no puedan desempeñarse en natatorios por el término de dos años y medio. La medida fue notificada hace instantes a los abogados defensores Alberto Rodríguez, por los dos primeros, y Martín Bernat.

Los tres guardavidas deberán fijar domicilio legal, realizar un curso de reflexión y someterse al contralor del cumplimiento del acuerdo por parte del Juzgado Correccional. En caso de comisión de un nuevo delito por parte de los imputados o el incumpimiento de las medidas dispuestas, corresponderá la continuidad del proceso hasta el dictado de sentencia firme en juicio oral y público.

En la sentencia a la que tuvo acceso este medio se dejó constancia que la familia de la víctima rechazó el pedido de disculpas de los imputados y la reparación adicional ofrecida además del pago de las costas del juicio. Al ser rechazadas en la audiencia, no forman parte de las condiciones de las reglas de la suspensión del proceso penal a prueba.

Ese ofrecimiento de 500 mil pesos que hicieron los imputados era independiente a la mediación obligatoria para la promoción de la acción civil por daños y perjuicios que se sustanció en legal forma y culminó con un acuerdo a fines de junio de 2019.