Ley de Alquileres: martilleros a favor de la derogación pero piden que los contratos sean en pesos

Desde el sector inmobiliario consideraron que el decreto presidencial que desregula los alquileres va a traer “tranquilidad al mercado. “Si alguien pide dólares y si no hay acuerdo, se seguirá buscando otra alternativa”, explicaron.

Para los martilleros la derogación de la Ley de Alquileres es positiva pero los efectos "no serán inmediatos". Foto archivo: 0223.

21 de Diciembre de 2023 12:02

Por Redacción 0223

PARA 0223

El polémico DNU de Javier Milei, que entre más de 300 medidas, dio por finalizada la aplicación de la Ley de Alquileres, que había sido modificada en octubre pasado, fue bien recibida por parte del sector inmobiliario marplatense.

“Veníamos pidiendo la modificación de la ley y en este caso por el DNU, se produce la derogación, lo que retrotrae a las normas del Código Civil. Y bueno, creemos que si bien, no será en forma inmediata, haber derogado esta ley va a traer tranquilidad al mercado. Por supuesto, que en un primer momento genera preocupación, pero bueno nosotros queremos transmitir tranquilidad: desde Colegio que vamos a acompañar a las dos partes en este camino como profesionales inmobiliarios”, expresó Guillermo Rossi, presidente del Colegio de Martilleros y Corredores Públicos de Mar del Plata.

Guillermo Rossi, titular del Colegio de Martilleros MDP. Foto: 0223.

En declaraciones a 0223, Rossi aclaró que, con la derogación de la Ley de Alquileres, “las partes irán pactando el formato y la periodicidad del ajuste”. En ese aspecto, el decreto establece que “será válido el uso de cualquier índice pactado por las partes, público o privado, expresado en la misma moneda en la que se pactaron los alquileres”.

Más allá de la conformidad de los aspectos más salientes de la norma, el titular del Colegio de Martilleros hizo una salvedad sobre la “libertad” de elegir moneda extranjera para el pago del alquiler. “La gente gana en pesos y es importante que sigamos manejándonos en pesos”, dijo Rossi, aunque aclaró que, debido a la desregularización del mercado, donde el Estado dejará de intervenir, “y si alguien pide dólares y del otro lado se lo aceptan, será un tema que acordarán entre las partes. Y si no hay acuerdo, se seguirá buscando otra alternativa”.

“Es muy reciente para para dar mucha más explicación en que esto, pero fundamentalmente darle tranquilidad a toda la población de que los profesionales inmobiliarios vamos a acompañar a las dos partes, porque las dos partes han sido afectadas con estas dos leyes anteriores que tuvimos”, completó Rossi.

Cómo son los pasos de un DNU para entrar en vigencia

Luego de que el Presidente dicta un Decreto de Necesidad y Urgencia, entra en vigencia cuando se publica en el Boletín Oficial. Ya está publicado, ese paso está cumplido.

La Constitución solo habilita el uso de DNU en caso de “circunstancias excepcionales” en las que al Congreso le fuera imposible seguir los “trámites ordinarios” para la sanción de las leyes. Es lo que Javier Milei determinó como “emergencia” en relación a la situación actual.

El Presidente tiene 10 días para enviar el DNU a la Comisión Bicameral Permanente de Trámite Legislativo del Congreso. La Comisión Bicameral tiene 10 días hábiles para emitir dictamen sobre la validez del decreto y enviarlo al plenario de ambas Cámaras para que sea tratado. Si la Comisión Bicameral no se expide en ese plazo, las Cámaras deben abocarse de oficio al tratamiento del DNU.

El Senado y Diputados solo pueden aceptar o rechazar el DNU. No pueden introducir enmiendas, modificaciones o agregados. Y se resuelve por mayoría absoluta de los presentes (la mitad más uno)

Esto significa que los contratos que se firmen a partir del momento en que el DNU esté publicado en el Boletín Oficial, es decir, del día de hoy 21 de diciembre, se harán con la nueva legislación y serán válidos hasta que el Congreso acepte o rechace el DNU. En caso de que rechace, los contratos firmados en ese lapso seguirán vigentes.