La Justicia Federal suspendió las elecciones de la UTN a horas de su inicio

El juez Santiago Martín otorgó una medida cautelar en favor de una agrupación que denunció la presunta proscripción de cuatro de sus candidatos. Las elecciones de claustros comenzaban este miércoles.

Los comicios se suspendieron a menos de 48 horas de su inicio.

12 de Septiembre de 2023 09:54

Por Redacción 0223

PARA 0223

El juez federal Santiago Martín emitió una medida cautelar a través de la cual resolvió suspender las elecciones de claustros que este 13 y 14 de septiembre se iban a desarrollar en la Universidad Tecnológica Nacional (UTN) – Regional Mar del Plata, en el marco de un amparo presentado por una agrupación que denunció la presunta proscripción de cuatro de sus candidatos de parte de la Junta Electoral.

La semana pasada, la agrupación Frente de Estudiantes Tecnológicos Independientes (FETI) impulsó una acción judicial ante el Juzgado Federal N°2 de Mar del Plata para revertir la decisión de la Junta Electoral de no oficializar la candidatura de cuatro de sus integrantes por presuntamente no cumplir con las condiciones previstas en los estatutos para ser candidatos, situación que rechazan de plano en la organización, donde afirman que se realizó una interpretación errónea de las normativas.

Luego que el viernes la fiscal Laura Mazzaferri dictaminará en favor de la suspensión de los comicios, este lunes a última hora se conoció la resolución del juez Martín que dispuso la suspensión del acto electoral en el cual se elegirían a los representantes de los claustros estudiantil, graduados, docentes y no docentes en el cogobierno universitario.

Al momento de evaluar los requisitos para dictar la cautelar, el magistrado dio por acreditada la verosimilitud del derecho en cuanto a que “no se habría dado cumplimiento con lo normado por el art. 33 de la Ordenanza 1355 del Consejo Superior”, donde el Reglamento Electoral establece “que ante definiciones de la Junta Electoral que no sean unánimes, debe darse intervención al Rector o Decano”, quien dispone de 24 horas para emitir dictamen. En este caso, la decisión de excluir a cuatro candidatos del Feti por presuntamente no cumplir con las condiciones para ser candidatos fue tomada por una mayoría de tres miembros de la Junta, frente a dos que se opusieron, sin que haya una posterior intervención del Rector o Decano.

Respecto al peligro en la demora, “la proximidad de los comicios a realizarse los días 13 y 14 del corriente mes y año justifica por sí sola la medida, ya que denegar en este estadío la cautela requerida ocasionaría un perjuicio que se tornaría irreparable o, al menos, de difícil solución ulterior”, afirmó Martín.

La cautelar resuelta por el titular del Juzgado Federal N°2 implica la suspensión del acto eleccionario “hasta tanto se eleven las actuaciones al Rector o Decano y éste se expida sobre los puntos en conflicto en el plazo indicado en dicha norma”. Pese a la decisión, el magistrado advirtió que “lo decidido en materia cautelar, si bien se encuentra íntimamente relacionado con el objeto del pleito en autos, de modo alguno implica adelantar criterio respecto de la cuestión de fondo la que será definida en sentencia definitiva”.

En la cautelar, el juez resaltó que “lo resuelto aquí busca por un lado garantizar la legalidad y transparencia del proceso electoral a celebrarse en dicha casa de Altos Estudios, y, por el otro, procura que se respeten las normas electorales que en ejercicio de su autonomía universitaria se dio la UTN, que no es otra cosa que reafirmar dicha garantía institucional, de extrema sensibilidad en el contexto de la elección de sus autoridades”.

En la resolución, Martín justificó la intervención de la justicia federal reparando que “la autonomía universitaria obliga a los jueces a ser extremadamente prudentes en las decisiones que se adopten, que pudieran resultar una intromisión indebida en la administración y gobierno interno de la Universidad”. En ese marco, el rol de los jueces se debe limitar “en su función de control de la constitucionalidad de las decisiones adoptadas en ejercicio de dicha autonomía. Pero cabe señalar que este control deberá limitarse a la revisión del marco de la legalidad y razonabilidad, verificando en ellas la ausencia de arbitrariedad”.

Mediante un oficio, la decisión judicial fue informada a las autoridades de la UTN este mismo lunes, donde además se le otorgó un plazo de 10 días hábiles para que remita un “informe en forma circunstanciada” acerca de los antecedentes y fundamentos legales de la conducta de la Junta Electoral en torno a la no habilitación de los cuatro candidatos.