El proyecto de Ganancias entró al Congreso y el oficialismo quiere llevarlo al recinto la semana que viene

El texto fue girado a la comisión de Presupuesto y mañana se realizará la primera sesión informativa. Buscan firmar el dictamen el lunes y votarlo al día siguiente.

El Gobierno envío al Congreso el proyecto de ley para la modificación del impuesto a las Ganancias.

13 de Septiembre de 2023 14:29

Por Redacción 0223

PARA 0223

El proyecto del Poder Ejecutivo para modificar el impuesto a las Ganancias ingresó hoy a la Cámara de Diputados. La iniciativa crea un nuevo impuesto sobre los ingresos a partir del equivalente a 12 salarios mínimos, vitales y móviles (SMVM) al mes, con una alícuota progresiva sobre el excedente que va de 27% a 35% y se actualiza con el valor del SMVM dos veces por año.

El presidente del bloque de diputados nacionales del Frente de Todos (FdT), Germán Martínez, anticipó que el oficialismo espera empezar a debatir "prontamente" el proyecto del Poder Ejecutivo que modifica el impuesto a las Ganancias, que ingresó esta mañana a la Cámara baja.

"Nuestro gobierno ya envió a Diputados el proyecto que modifica el Impuesto a las Ganancias, de acuerdo con lo anunciado por el ministro de Economía, Sergio Massa. Luego de tener número de expediente, el proyecto tendrá el giro respectivo para empezar prontamente su tratamiento", aseveró el legislador del FDT.

En declaraciones a la radio AM 750, Martínez adelantó que la idea del oficialismo "es el lunes poder firmar dictamen" y además señaló que "para mañana a las 11 se convocó a la Comisión de Presupuesto para tener una reunión informativa".

Los puntos clave del proyecto de ley sobre Ganancias

  • Crea el nuevo “impuesto cedular sobre los mayores ingresos del trabajo en relación de dependencia, jubilaciones y pensiones de privilegio y otros”.
  • Quienes obtengan los mayores ingresos tendrán derecho a deducir únicamente, en concepto de mínimo no imponible, la suma equivalente a 180 salarios mínimos, es decir 15 SMVN al mes.
  • A partir de 12 SMVN mensuales, se deberá pagar un 27% sobre el excedente.
  • Entre más de 12 y 36 salarios mínimos, se pagará el equivalente a 3,2 SMVM más un 29% sobre el excedente.
  • Entre más de 36 y 60 salarios mínimos, se pagará 10,20 SMVM más un 31% sobre el excedente.
  • Entre más de 60 y 84 salarios mínimos, se pagará 17,64 SMVM más un 33% sobre el excedente.
  • Para más de 84 salarios mínimos, se pagará 25,56 SMVM más un 35% sobre el excedente.
  • Se deberá considerar al comienzo del periodo fiscal el valor del SMVM vigente al 1 de enero de ese año, el cual se actualizará el 1 de julio de cada año fiscal.
  • Las retenciones realizadas sobre los mayores ingresos netos percibidos durante el primer semestre del año fiscal se ajustarán considerando el valor del SMVM vigente en julio.
  • Cuando se trate de empleados en relación de dependencia que trabajen y jubilados y pensionados que vivan en las provincias de La Pampa, Río Negro, Chubut, Neuquén, Santa Cruz, Tierra del Fuego y el partido de Patagones en la de Buenos Aires, el mínimo no imponible se incrementará en un 22%.