“Valiosa contribución”: la Justicia homologó un acuerdo para que una harinera financie con 180 millones una obra ambiental

El Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Mar del Plata habilitó una compensación de 180 millones de pesos para completar una obra de cloacas en el Puerto. Es en el marco de una causa penal por contaminación ambiental.

La harinera pondrá 180 millones para completar una obra cloacal en el Puerto.

20 de Noviembre de 2024 11:44

Por Redacción 0223

PARA 0223

El Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Mar del Plata homologó un acuerdo judicial al que llegaron el Consorcio Portuario Regional de Mar del Plata y la harinera Coomarpes, a través de la cual esta última financiará la terminación de una obra de cloacas como compensación en el marco de la causa que se le seguía a sus directivos por contaminación ambiental.

La decisión tomada por el juez Fernando Minguillón fue destacada desde el Tribunal como una “valiosa contribución del poder judicial a obras del Puerto de Mar del Plata”, en la causa donde se imputaba a miembros de la firma que funciona dentro del Puerto el ilícito de verter sustancias tóxicas en la playa pública del Puerto el 25 de febrero de 2016, a través del desagüe pluvial ubicado en dicha zona y con descarga hacia el mar. De esta forma, la defensa encuentra una salida al conflicto penal por presuntas infracciones a la Ley 24.051, utilizando la figura establecida en el Artículo 59, Inciso 6 del Código Penal. Esta figura permite realizar compensaciones económicas para "obras de interés comunitario" y contribuir a la "pacificación social del conflicto".

Previamente, la defensa también informó la realización de importantes inversiones en la planta de producción, como así también la creación y puesta en marcha de una nueva planta de tratamiento de efluentes líquidos industriales derivados del proceso de elaboración de harina de pescado, bajo asesoramiento y dirección del Instituto Nacional de Tecnología Industrial (Inti). Dichos avances fueron corroborados en informes técnicos del Consorcio Portuario, Osse, Emsur, Autoridad del Agua, Inti y el Ministerio de Ambiente bonaerense, como así también en una inspección llevada adelante en julio de este año por el juez Minguillón.

En tanto, en una reciente audiencia de mediación, la defensa ofreció una compensación económica de 180 millones para la culminación de obra de red cloacal en el Puerto, que está inconclusa desde hace unos 60 años y que presenta un avance del 72%.

Los directivos de la empresa estaban procesados por contaminar la Playa del Puerto en 2016.

En su intervención, el Fiscal de Juicio, Dr. Pettigiani, consideró que la reparación integral ofrecida por la defensa representaba un gran paso adelante para colocar el medioambiente del puerto de Mar del Plata en un estado de superación en relación a las condiciones previas al inicio de la presente.

Para homologar el acuerdo, el Tribunal destacó que se “tuvo en cuenta que la suma dineraria ofrecida se encuentra destinada precisamente al lugar donde se produjo el daño ambiental, y de este modo, se incorporaría a la zona afectada, pero transformada en una obra que beneficiaría no solo a las empresas locales, sino a la comunidad y al medio ambiente en general”.

El juez Fernando Minguillón homologó el acuerdo entre Coomarpes y el Consorcio Portuario Regional.

Asimismo, consideró que la propuesta de reparación integral efectuada por la defensa reunía las exigencias de legalidad, racionalidad y fundamentación, encuadrándose asimismo en los lineamientos que establece la norma penal y el derecho ambiental. En tanto, valoró no solo las acciones realizadas por Coomarpes para erradicar el factor contaminante, sino también la notable inversión aplicada a la mejora en el tratamiento de efluentes cloacales, y en especial, la culminación de una obra de red cloacal portuaria iniciada hace más de 60 años y todavía inconclusa.

Finalmente, el tribunal concluyó que las acciones adoptadas se enmarcan en los principios político-ambientales de prevención, equidad intergeneracional y sustentabilidad, establecidos en el art. 4 de la Ley General de Ambiente -25.675-, desarrollados en la Declaración de Río sobre el Medio Ambiente de 1992, en tanto "indudablemente beneficiará a generaciones presentes y también a futuras".