Bajo el paradigma de la inclusión, sancionan nueva regulación del transporte de personas con discapacidad

Por unanimidad se aprobó la nueva ordenanza para la prestación del Servicio de Transporte de Personas con Discapacidad. El gobierno destacó el “enfoque inclusivo” de la normativa.

El sector atraviesa turbulencias en medio de la crisis económica. Foto: archivo 0223.

15 de Marzo de 2024 21:10

Por Redacción 0223

PARA 0223

El Concejo Deliberante aprobó una nueva ordenanza para la regulación del transporte de personas con discapacidad, que viene a reemplazar la normativa hasta ahora vigente con incorporaciones que parten de un “enfoque inclusivo”, según destacó el gobierno.

La propuesta había sido presentada en enero y tras un rápido trabajo en las comisiones de trabajo, finalmente fue sancionada este jueves con el apoyo de todos los bloques. Así entonces, se genera un nuevo cuerpo normativo para la prestación del Servicio de Transporte de Personas con Discapacidad (TPCD) en General Pueyrredon, que remplaza a la Ordenanza 11.943 de 1998.

Aquí se regula el sistema mediante el uso de vehículos automotores habilitados a tal efecto y conducidos por personas específicamente autorizadas por la Municipalidad, donde se crean tres categorías: A, B y C. La Categoría A atañe al traslado de personas con imposibilidad motriz, la Categoría B al traslado de personas que posean discapacidad mental o de otro tipo, que no implique trastornos motrices; y la C es de utilitario pequeño adaptado con rampa.

Para la elaboración del proyecto se generaron instancias de diálogo e intercambios activos con la Dirección de Discapacidad de la Comuna y la Asociación de Transportistas de Personas con Discapacidad (ATPcD), quienes realizaron diversos aportes que enriquecieron el tratamiento de la temática, según detalló el Ejecutivo en el expediente.

El objetivo central es “consolidar un nuevo marco legal, mejorando y eliminando barreras, con un enfoque inclusivo que ubique a las personas con discapacidad, primero como personas y sujetos activos de la vida en sociedad en todas sus esferas”.

Algunos de los requisitos que deberán cumplir las unidades. Imagen: Expediente HCD.

En ese marco, se crean nuevas categorías para el servicio de transporte (A,B y C) “ampliando de tal modo las posibilidades de los transportistas respecto de las exigencias que demanda la actualidad, haciendo eje en las personas transportadas; se cambia el logo actual por otro que, admitido internacionalmente y consensuado con el sector, es considerado más inclusivo, y se propone la eliminación de la palabra ´discapacidad´ en todas las unidades vehiculares habilitadas, que será reemplazada por la sigla TPCD (Transporte de Persona con Discapacidad)”.

Bajo este concepto, se entiende por servicio especializado de TPCD a aquel traslado regular u ocasional de personas que padezcan una discapacidad física o mental, o una insuficiencia que por diferentes motivos provoque ésta de forma temporal, que le permita gozar de los derechos que la Constitución, las Leyes y la convención sobre los derechos de las personas con discapacidad les confieren para vivir en forma independiente y participar plenamente en todos los aspectos de la vida.