Jueces penales rechazan bajar la edad de imputabilidad y la califican como un efecto placebo
La Red de Juezas y Jueces Penales de Argentina envió una carta a Diputados alertando que reducir la edad de punibilidad no mejora la seguridad y representa un retroceso en políticas juveniles.
Por Redacción 0223
PARA 0223
La Red de Juezas y Jueces Penales de la República Argentina expresó su firme oposición al proyecto que busca reducir la edad de imputabilidad en el país, a través de una carta dirigida a la Cámara de Diputados. Los magistrados consideraron que esta iniciativa no solo resulta ineficaz para enfrentar la inseguridad, sino que además implica un retroceso hacia una “lógica punitiva simplificadora”.
En el documento, la organización sostiene que la insistencia en endurecer las penas para menores responde a una dinámica cíclica que ignora las condiciones estructurales que afectan a la niñez. Calificaron la propuesta como un “efecto placebo”, destinado a crear una apariencia de acción gubernamental, pero que no conlleva mejoras reales en la seguridad pública.
La misiva señala que “bajar la edad de punibilidad no constituye una solución, sino una renuncia del Estado a diseñar e implementar políticas públicas complejas e integrales”.
Los jueces fundamentan su rechazo en tres pilares principales: primero, la diferenciación jurídica, ya que consideran que infancia y adolescencia requieren un trato distinto debido a su menor autonomía psíquica y social; segundo, la falsa idea de impunidad, aclarando que la edad mínima vigente no implica impunidad, dado que las provincias cuentan con procesos y sanciones para adolescentes que cometen delitos graves, incluyendo la privación de libertad en centros cerrados; y tercero, que la justicia juvenil debe enfocarse en la “responsabilidad progresiva” y la reinserción, no en la “venganza social”.
Asimismo, los magistrados instaron a que cualquier reforma del Régimen Penal Juvenil se ajuste a los estándares internacionales de derechos humanos. Entre sus demandas específicas, destacaron la importancia de establecer un límite máximo para las penas de prisión y de garantizar revisiones periódicas de cualquier sanción que implique privación de la libertad.
El texto concluye con un llamado a privilegiar los derechos y las garantías efectivas de los derechos económicos, sociales y culturales, afirmando que “más castigo temprano no produce mayor seguridad. Más derechos y una efectiva garantía de los derechos económicos, sociales y culturales, sí”.
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