Montenegro presentó un proyecto de ley para sancionar con arresto a cuidacoches y limpiavidrios
La iniciativa del senador marplatense incorpora nuevas contravenciones al Código de Faltas bonaerense. Prevé arrestos de entre 5 y 90 días para quienes ejerzan la actividad, agravantes por intimidación y organización previa, y multas para clubes o entidades vinculadas a estas prácticas en eventos masivos.
Por Redacción 0223
PARA 0223
El senador provincial Guillermo Montenegro presentó el martes ante la Legislatura un proyecto de ley para incorporar al Código de Faltas bonaerense nuevas contravenciones destinadas a sancionar a los denominados cuidacoches y limpiavidrios. La iniciativa propone penas de arresto que van desde los cinco días hasta los tres meses, además de multas para instituciones que resulten vinculadas a estas prácticas en eventos masivos.
Según los fundamentos de la propuesta del intendente en uso de licencia, a la que accedió 0223 y que tomó estado parlamentario en la sesión del Senado de este miércoles, el fenómeno dejó de ser una situación aislada para transformarse en una problemática extendida en numerosos municipios de la provincia, especialmente en las inmediaciones de estadios, recitales, hospitales, centros comerciales, estaciones ferroviarias y terminales de transporte. Allí, sostiene el proyecto, personas o grupos se atribuyen facultades para autorizar estacionamientos, reservar espacios públicos o exigir pagos a conductores sin contar con autorización legal.
“Lejos de constituir un fenómeno aislado, estas prácticas han evolucionado hacia modalidades cada vez más organizadas, llegando en muchos casos a conformar verdaderas estructuras que administran sectores completos del espacio público y obtienen beneficios económicos permanentes mediante la explotación irregular de bienes que pertenecen a toda la comunidad”, manifestó Montenegro en los considerandos.
El proyecto también pone el foco en las situaciones de intimidación que suelen denunciar los automovilistas. Según se plantea en los fundamentos, aunque en muchos casos el dinero sea presentado como una colaboración voluntaria, la negativa al pago suele generar temor a daños en los vehículos o conflictos con quienes desarrollan la actividad. “La apropiación privada del espacio público constituye una de las principales preocupaciones que justifican la presente iniciativa”, puntualizó el senador. Por ese motivo, la iniciativa establece que la infracción se configurará por el solo hecho de ofrecer o prestar el servicio sin autorización, independientemente de cómo se presente el cobro.
En relación con los limpiavidrios, Montenegro sostiene que la prestación no solicitada de servicios de limpieza en semáforos y cruces transitados genera situaciones de presión o incomodidad para los conductores, quienes muchas veces terminan aceptando el servicio o realizando un pago para evitar discusiones.
Arresto de hasta 15 días para trapitos y limpiavidrios
La iniciativa incorpora un nuevo artículo al Código de Faltas, establecido por el Decreto-Ley 8031/1973, para castigar con arresto de entre cinco y quince días a quienes, sin autorización legal, ofrezcan o presten servicios de estacionamiento, reserva de espacios para estacionar, cuidado de vehículos o limpieza de parabrisas y vidrios en la vía pública.
El proyecto prevé que las escalas de arresto se dupliquen cuando existan circunstancias agravantes, como amenazas, intimidación, hostigamiento a los conductores, actuación coordinada de varias personas, antecedentes por hechos similares o la realización de la actividad en las inmediaciones de espectáculos deportivos, culturales o eventos masivos. También se contempla como agravante ocultar deliberadamente el rostro o portar las denominadas “armas impropias”, como palos, botellas, cuchillos, destornillador, etc.
Hasta 90 días de arresto para organizadores
Uno de los aspectos más severos de la iniciativa apunta contra quienes organizan o explotan económicamente estas actividades. El proyecto establece penas de arresto de entre 30 y 45 días para quienes coordinen, financien, administren o perciban beneficios derivados de grupos de trapitos o limpiavidrios. Además, ordena dar intervención a las autoridades competentes cuando existan indicios de participación o protección por parte de funcionarios públicos o integrantes de fuerzas de seguridad.
Las sanciones se endurecen aún más cuando las conductas se desarrollen en el contexto de eventos masivos. En esos casos, los autores materiales podrán recibir arrestos de entre 45 y 60 días, mientras que los organizadores enfrentarán penas de entre 60 y 90 días de arresto. La norma también habilita el secuestro y decomiso de baldes, cepillos, pulverizadores, conos, vallas y otros elementos utilizados para la actividad.
Multas para clubes e instituciones
La iniciativa prevé además sanciones económicas para clubes, instituciones u organizadores de eventos cuando se compruebe la participación directa o indirecta de personas vinculadas a esas entidades en la explotación de trapitos o cuidacoches. En esos casos, cuando ocurran en un radio de hasta 50 cuadras del lugar del evento, se propone aplicar multas de entre el 5.000% y el 10.000% del haber mensual de un agente de seguridad de la Policía bonaerense.
Por último, el proyecto incorpora la posibilidad de denunciar estas conductas a través de la línea provincial 148, además de otros canales telefónicos o digitales que habiliten los municipios.
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