Rechazaron dar restricción de acercamiento a un hombre que ya había sido condenado

La sentencia ya estaba firme y con cumplimiento de reglas de conducta. La Cámara de Apelación y Garantías revocó una resolución de la Justicia de Ejecución Penal.

Se resolvió en Tribunales.

30 de Junio de 2026 08:05

Por Redacción 0223

PARA 0223

La Sala Tercera de la Cámara de Apelación y Garantías revocó la resolución de la Justicia de Ejecución Penal que amplió las reglas de conducta impuestas a un hombre condenando en una causa por lesiones leves al entender que ni la Fiscalía ni la propia víctima han señalado la existencia de una situación de riesgo.

A Nicolás González lo condenaron a la pena de un año de prisión de ejecución condicional por ser autor jurídicamente responsable de los delitos de lesiones leves agravadas por el vínculo y por mediar violencia de género y amenazas en concurso ideal. En función de la condicionalidad de la pena impuesta y para su mantenimiento por dos años debió fijar residencia, someterse al control del Patronato de Liberados y se le impuso una prohibición absoluta de contacto con la víctima.

Apeló la defensa oficial.

A partir de quedar firme la condena se le dio intervención al Juez de Ejecución Penal Ricardo Perdichizzi quien a principio de mes impuso a González una ampliación de la restricción de acercamiento en un radio de mil metros.

La decisión fue apelada por la defensa oficial al entender que la modificación de las reglas de conductas impuestas por sentencia firme afectaba la cosa juzgada consolidada en el proceso.

Los Jueces Pablo Poggetto y Alfredo Deleonardis resaltaron que las condiciones impuestas en su momento a González “fueron consentidas oportunamente por las partes, y el Juez que dictó la condena tuvo íntegro conocimiento de las circunstancias ahora invocadas por el Juez de Ejecución, todos estos extremos ya habían sido ponderados y valorados al tiempo de dictar la sentencia condenatoria”.

Lo resolvió la Sala III.

“Corresponde consignar que ni la Fiscalía ni la propia víctima han señalado la existencia de una situación de riesgo a la que alude el Juez de Ejecución Penal, la que -de presentarse- podría dar lugar a una solicitud de aquéllos de modificación de las reglas de conducta oportunamente impuestas en la sentencia firme. Tampoco se verifica la existencia de nuevos hechos que se ventilen en otro proceso penal”, agregaron.

En su resolución de las últimas horas, los miembros de la Sala III revocaron la resolución del Juez de Ejecución Ricardo Perdichizzi que amplió las reglas de conducta impuestas a Nicolás González, en cuanto fuera materia de recurso por la Defensora Oficial, y encomendaron la continuidad de las reglas de conducta oportunamente impuestas en sentencia.  

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