Reclamó por cobro excesivo del celular, le dieron de baja la línea y terminó en el Veraz: diez años después le dieron la razón
El Juzgado Civil y Comercial N°13 condenó a Telefónica Móviles Argentinas a reestablecer las líneas y pagar 6 millones de pesos. Apelarán la medida porque exigen un total de 23 millones.
Por Redacción 0223
PARA 0223
El Juzgado Civil y Comercial N° 13 de Mar del Plata hizo lugar a una demanda presentada hace una década contra Telefónica al considerar que incumplió con su deber de informar de manera clara y precisa los costos del servicio de roaming internacional y ordenó el pago de una indemnización por daño moral y daño punitivo.
El conflicto se originó a raíz de llamadas realizadas hacia Colombia entre diciembre de 2014 y enero de 2015 desde dos líneas de telefonía celular del usuario Diego Carenzo por la que le facturaron cargos excesivos que, según el denunciante, nunca habían sido informados de manera adecuada ya que entendía que ambas líneas funcionaban como "números free".
La empresa sostuvo que las condiciones del roaming estaban incluidas en la solicitud de servicio y publicadas en su página web. Sin embargo, el juez Maximiliano Colangelo concluyó que Telefónica no logró acreditar que el consumidor hubiera recibido efectivamente esa información.
En la sentencia destacó que a lo largo del proceso judicial la compañía no presentó el contrato original firmado por Carenzo, sino solamente un modelo genérico sin firma ni datos que permitieran vincularlo con el cliente. El magistrado consideró que la publicación de términos y condiciones en internet tampoco resultaba suficiente para cumplir con el deber de información previsto por la Ley de Defensa del Consumidor. En consecuencia, tuvo por acreditado un incumplimiento contractual y legal por parte de la empresa.
El titular del Juzgado ordenó que Telefónica Móviles Argentinas reestablezca las dos líneas telefónicas en las condiciones originalmente contratadas, deje sin efecto la deuda generada por los cargos de roaming, otorgue el libre deuda y gestione el levantamiento de la inscripción del usuario en el Veraz.
La suma de los montos por daño moral –se consideró que la conducta de la empresa afectó la tranquilidad del consumidor y le generó angustia, incertidumbre y trámites administrativos y judiciales-, y el daño punitivo dio una suma cercana a los seis millones de pesos. La sentencia será apelada por el abogado Juan Manuel Baya Casal al considerarla baja e insuficiente.
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