Rechazaron dar arresto domiciliario a condenado a perpetua por dos homicidios
Lo resolvió la Sala I de la Cámara de Apelación y Garantías en lo Penal. El pedido de la defensa de José Ignacio Serra se fundamentó en la situación de salud del hijo.
Por Redacción 0223
PARA 0223
La Justicia volvió a rechazar el pedido de arresto domiciliario con monitoreo electrónico que hizo la defensa de José Ignacio Serra condenado en a prisión perpetua por los homicidios agravados de Ezequiel Contreras y Nicolás Vergara ocurridos el 2 de agosto de 2021 en el barrio San Eduardo.
En mayo de 2024 el Juez Alexis SImaz impuso la pena luego de la decisión unánime que tuvo un jurado popular: si bien la misma no se encuentra firme, la instancia de revisión provincial ya fue agotada.
La defensa a cargo del abogado penalista Javier De La Tore cuestionó el rechazo a la medida solicitada al entender que no se valoró correctamente la situación del hijo de Serra quien padece síndrome de Asperger y trastorno generalizado del desarrollo. El profesional había planteado que el joven está afectado por la ausencia de su padre y sostuvo existía una vivienda familiar disponible para recibirlos, además de una red de contención y seguimiento profesional.
En su planteo sostuvo que Serra ya había cumplido anteriormente un arresto domiciliario con monitoreo electrónico sin incumplir las condiciones impuestas, que se había presentado al juicio por sus propios medios y que mantenía una buena conducta institucional. Como garantías, ofreció monitoreo electrónico, un domicilio determinado, un referente familiar y una caución real.
La fiscalía general se opuso al beneficio y consideró que continuaban vigentes los indicadores de riesgo procesal que habían justificado el encarcelamiento preventivo, destacó especialmente la condena a prisión perpetua y la gravedad de los hechos atribuidos a Serra. Ese planteo fue acompañado por el representante del particular damnificado.
Los Jueces Gastón de Marco y Leandro Favaro consideraron que Serra fue condenado a la pena de prisión perpetua, que se encuentra detenido poco más de seis años, que esa declaración de culpabilidad emitida por unanimidad por los miembros del jurado genera un indiscutible aumento del riesgo de fuga y, aún cuando la sentencia dictada en origen no se encuentra firme, ya se ha visto superada la instancia provincial de revisión; “lo que da cuenta de un parámetro cierto y objetivo de peligrosidad procesal que no podemos ignorar”.
Los miembros de la Sala I remarcaron que no se incorporó al expediente información médica actualizada y suficiente sobre la situación del hijo de Serra y que faltaban datos sobre su diagnóstico actual, tratamientos, estado de salud, escolaridad, desarrollo y las razones concretas por las cuales la presencia de su padre resultaría indispensable.
Los jueces remarcaron que la propia defensa había solicitado distintas medidas para acreditar esas circunstancias, pero que finalmente solo había incorporado un informe elaborado por un profesional particular en agosto de 2025, considerado insuficiente para determinar la situación actual del joven y señalaron que ca cuenta con otros familiares que podrían brindarle contención.
En consecuencia, los camaristas confirmaron la resolución del Juez Simaz del pasado 4 de agosto y mantuvo el rechazo al arresto domiciliario solicitado para Serra mientras que la defensa dejó planteada la reserva del caso federal.
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