Otro revés para el genocida Miguel Etchecolatz: le negaron el beneficio del 2x1

La Corte Suprema de Justicia de la Nación, por mayoría, ratificó que la aplicación del cómputo privilegiado de pena no es aplicable para delitos de lesa humanidad. 

21 de Noviembre de 2019 19:19

Por Redacción 0223

PARA 0223

La Corte Suprema de Justicia de la Nación le dio este jueves un nuevo revés al genocida Miguel Etchecolatz y rechazó su pedido para que se computara su condena bajo el beneficio del "2x1".

En el acuerdo que resolvieron por mayoría los ministros, el máximo Tribuanl de Justicia ratificó que la aplicación del cómputo privilegiado de pena no es aplicable para delitos de lesa humanidad, según el fallo publicado por el Centro de Información Judicial (CIJ).

Elena Highton de Nolasco, Juan Carlos Maqueda Maqueda, Ricardo Lorenzetti y Horacio Rosatti remitieron a sus votos concurrentes en el precedente “Hidalgo Garzón”, resuelto el pasado 4 de diciembre de 2018.

En consecuencia, confirmaron la decisión recurrida que negaba a Miguel Osvaldo Etchecolatz,  condenado por delitos de lesa humanidad, la aplicación del beneficio del “2 x 1”, según explicaron las mismas fuentes judiciales.

El ministro Carlos Rosenkrantz, titular de la Corte, se expresó en disidencia a la mirada de sus pares remitió a su voto en igual sentido en aquél precedente, haciendo lugar a la queja, declarando admisible el recurso extraordinario y revocando la decisión que venía siendo recurrida. 

Días atrás, se había conocido otra resolución del máximo tribunal en la que negaba la prisión domiciliaria para el represor que ya fue condenado cuatro veces a cadena perpetua por delitos de lesa humanidad.

Etchecolatz, quien durante la dictadura se desempeñó como Jefe de la Dirección General de Investigaciones de la Provincia de Buenos Aires,  está acusado de "homicidio agravado por haber sido cometido con ensañamiento y con el concurso premeditado de dos o más personas, y como coautor de los delitos de privación ilegal de la libertad, agravada por haber sido cometida con violencia y por haber durado más de un mes y de aplicación de tormentos".

El fallo