Pruebas endebles, testimonios flojos y líneas sin investigar: absolvieron a acusados de robo

La propia fiscalía retiró la acusación en el transcurso del debate. Los dos imputados de 31 y 36 años fueron los únicos detenidos por el hecho cometido en abril de 2016.

20 de Julio de 2019 18:30

Por Redacción 0223

PARA 0223

Dos hombres acusados de cometer un robo en el establecimiento rural “La Ballenera” fueron absueltos tras el juicio realizado en el Tribunal Oral 1 luego de que el Ministerio Público Fiscal desistiera de la acusación y criticara la propia investigación realizada durante la instrucción. Hernán Darío Dos Santos y Cristian Gabriel Alejandro Albornoz fueron notificados de la absolución en torno al delito de robo agravado y encubrimiento.

Tres años y tres meses después de iniciada la causa tras el robo registrado en el establecimiento y más allá de los allanamientos realizados que derivaron en la detención de los imputados, el fiscal Marcos Pagella fundamentó su desistimiento en la poca claridad que arrojó la prueba producida y reconoció que en la instrucción no se barajaron otras líneas investigativas. A su entender la prueba de cargo se basó en una endeble prueba indiciaria que no pudo ser robustecida o solidificada en el juicio “tanto por las víctimas como por el propio personal policial”.

El defensor de Dos Santos sostuvo que hubo selectividad por parte de la policía para las imputaciones. “Fue una investigación deficiente y redireccionada hacia mi defendido y Albornoz”, dijo el abogado Lautaro Resúa.

Lautaro Resúa (Foto: archivo 0223).

Para el profesional durante las testimoniales recabadas en la investigación y en el propio debate surgieron otros nombres para investigar y se desecharon esas líneas por el relato del dueño de la casa donde hallaron parte de los objetos sustraídos.

El magistrado consideró tras el análisis de la prueba la certeza negativa sobre la autoría de ambos imputados “ya que el plexo indiciario desnudado en el juicio no satisface los requisitos legales para el dictado de una sentencia de condena”.

Fiscal Marcos Pagella (Foto: archivo 0223) 

En la sentencia a la que tuvo acceso 0223, el Juez Pablo Viñas decidió absolver libremente a Hernán Darío Santos y Cristian Gabriel Alejandro Albornoz por haber retirado correctamente el Ministerio Público Fiscal su pretensión acusatoria en relación al hecho ocurrido el 16 de abril de 2016 en Miramar y que fuera calificado como robo agravado por haber sido cometido en lugar despoblado y en banda.

En el caso de Albornoz también fue absuelto de los delitos de robo agravado por el uso de arma de fuego, cuya aptitud para el disparo no ha podido ser acreditada y encubrimiento. Esos hechos fueron cometidos en la misma ciudad entre el 24 y el 27 de julio del mismo año.

Viñas dispuso la notificación a los imputados, a la víctima, al Juzgado de Ejecución Penal 1 y a los abogados Lautaro Resúa, a la defensora oficial Gabriela Mónaco y al fiscal Marcos Pagella.