Nena abusada en Tandil: dejaron sin efecto el sobreseimiento del imputado

La  Cámara de Apelación y Garantías en lo Penal de Azul remitió las actuaciones para ampliar la acusación en relación al delito de abuso sexual agravado.

Una de las marchas que se realizó en Tandil. (Foto: archivo).

26 de Septiembre de 2019 08:09

Por Redacción 0223

PARA 0223

Más de tres años después de que una nena de 13 años denunciara que varias personas la abusaron en una fiesta en una quinta en Tandil y fuera trasladada de urgencia al Hospital Materno Infantil y en sintonía con el planteo del abogado de la familia, la Cámara de Apelación y Garantías en lo penal de Azul declaró la nulidad del sobreseimiento planteado por la fiscalía y abrió la puerta para lograr la ampliación de la acusación por estupro al delito de abuso sexual agravado.

La Justicia de Garantías de Tandil había rechazado la elevación a juicio por el delito de estupro que formuló el fiscal Gustavo Morey y había sobreseído totalmente al único imputado. Esa media fue apelada por el propio fiscal y por el abogado en representación de la familia de la víctima.

En el comienzo de la causa la familia de la adolescente planteó que eran varios los implicados en el abuso que sufrió en el transcurso de una fiesta en un establecimiento que fue allanado recién cinco días más tarde. “Desde un principio de la instrucción hubo un claro encubrimiento de lo que realmente sucedió esa noche y ese encubrimiento se plasmó en el cambio de calificación a estupro por un supuesto consentimiento que nunca existió”, dijo el abogado Maximiliano Orsini.

“La chica estaba toda golpeada, tenía hasta las maños golpeadas y las muñecas lesionadas. Siempre se intentó ocultar el abuso sexual que sufrió la menor y por eso vamos a denunciar al fiscal”, agregó.

Las claves de la resolución

En su planteo Orsini que la calificación de estupro era desconocida por la parte ya que no había sido notificada en la requisitoria de la elevación a juicio. En tal sentido argumentó que la misma carecía absolutamente “de motivación y razonabilidad, atento que la prueba de cargo colectada en autos, da cuenta de un claro hecho que encuadra en la figura de abuso sexual agravado y no de estupro”.

Si bien la Justicia de Garantías fundó el pedido de sobreseimiento de Lucas Gómez en un supuesto silencio de la víctima menor de edad o en la reticencia de sus padres a trasladarla a las audiencias fijadas para su declaración, Orsini planteó que eso era absolutamente falaz y no se correspondía con la prueba colectada y los informes psicológicos que dieron cuenta del abuso sexual agravado sufrido.

Orsini le dijo a 0223 que a lo largo del proceso el fiscal nunca le dio participación al particular damnificado. “Fueron ofrecidos medios de prueba de suma trascendencia que nunca fueron proveídos por el fiscal como el análisis de celulares de los implicados en el hecho y que ni siquiera hubo una negativa, sino simplemente lo omitió”, señaló.

Los Jueces Carlos Pagliere (h) y Damián Pedro Cini consideraron que corresponde declarar la nulidad de la requisitoria fiscal, así como la resolución impugnada al considerar que “hay dirigencias probatorias solicitadas por el particular damnificado que el Agente Fiscal denegó o directamente no proveyó”.

“Además, existe una ampliación de la acusación en relación al delito de abuso sexual agravado solicitada, reiteradamente, respecto de la cual el Fiscal tampoco se expidió. Esas dos circunstancias, le causan un perjuicio y dan razón al particular damnificado en cuanto a que debió ser notificado del cierre de la etapa preparatoria para tener la posibilidad de requerir al Fiscal General la revisión de dichas cuestiones”, agregaron.

Con relación a la impugnación planteada por el fiscal, los magistrados consideraron que a partir de la resolución, ese recurso de apelación debía declararse abstracto.