Cuarentena "administrada": autorizan a trabajar a ópticos, odontólogos y la venta por comercio electrónico

El Gobierno nacional definió este sábado por la noche las nuevas actividades exceptuadas del aislamiento social, preventivo y obligatorio dentro de la Provincia de Buenos Aires. Su impacto en Mar del Plata.

18 de Abril de 2020 20:43

Por Redacción 0223

PARA 0223

El Gobierno de Alberto Fernández definió este sábado por la noche las nuevas actividades que desde este lunes quedarán exceptuadas en la cuarentena dentro de la Provincia de Buenos Aires, después de los pedidos que formuló el gobernador Axel Kicillof junto a sus pares de otras jurisdicciones para tratar de reactivar lentamente la economía en el país en el marco de la pandemia del coronavirus.

En el decreto oficial al que tuvo acceso 0223 y que lleva la firma del Jefe de Gabinete de Ministros, Santiago Cafiero, y el Ministro de Salud, Ginés González García, se consensuaron 11 excepciones:

1. Establecimientos que desarrollen actividades de cobranza de servicios e impuestos.

2. Oficinas de rentas de las provincias, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y de los Municipios, con sistemas de turnos y guardias mínimas.

3. Actividad registral nacional y provincial, con sistema de turnos y guardias mínimas.

4. Venta de mercadería ya elaborada de comercios minoristas, a través de plataformas de comercio electrónico, venta telefónica y otros mecanismos que no requieran contacto personal con clientes y únicamente mediante la modalidad de entrega a domicilio con los debidos resguardos sanitarios, protocolos y planificación de la logística. En ningún caso los comercios mencionados podrán abrir sus puertas al público.

5. Atención médica y odontológica programada, de carácter preventivo y seguimiento de enfermedades crónicas, con sistema de turno previo. 5.

6. Laboratorios de análisis clínicos y centros de diagnóstico por imagen, con sistema de turno previo.

7. Ópticas, con sistema de turno previo.

8. Peritos y liquidadores de siniestros de las compañías aseguradoras que permitan realizar la liquidación y pago de los siniestros denunciados a los beneficiarios y a las beneficiarias. En ningún caso se podrá realizar atención al público y todos los trámites deberán hacerse en forma virtual, incluyendo los pagos correspondientes.

9. Establecimientos para la atención de personas víctimas de violencia de género.

10. Producción para la exportación, con autorización previa del Ministerio de Desarrollo Productivo.

11. Procesos industriales específicos, con autorización previa del Ministerio de Desarrollo Productivo.

Así, dentro de las actividades que contempló el Ejecutivo, se incluyeron algunos de los pedidos que había hecho llegar a mediados de esta semana el intendente Guillermo Montenegro tras haber recibido el martes en el Centro de Operacioes y Monitoreo (Com) a empresarios textiles, gastronómicos, hoteleros, del comercio, de la construcción, y representantes de las inmobiliarias de Mar del Plata.

Puntualmente, el jefe comunal había elevado cinco solicitudes a la Gobernación bonaerense que estuvieron vinculadas con el empaque de las ventas de comercio electrónico; la fabricación y entrega de calefactores, termotanques, equipos de ventilación y repuestos; la fabricación de tejido de punto; los profesionales ópticos; y el desarme de balnearios.

En el decreto que se oficializó este sábado, las autoridades nacionales enfatizaron que cada una de las actividades y servicios podrá volver a funcionar bajo la "implementación y cumplimiento de los protocolos sanitarios que cada jurisdicción establezca, en cumplimiento de las recomendaciones e instrucciones sanitarias y de seguridad de las autoridades nacionales".

"En todos los casos se deberá garantizar la organización de turnos, si correspondiere, y los modos de trabajo y de traslado que garanticen las medidas de distanciamiento e higiene necesarias para disminuir el riesgo de contagio del nuevo Coronavirus", afirmaron.

Por otra parte, el Gobierno aclaró: "Las personas alcanzadas por esta decisión administrativa deberán tramitar el Certificado Único Habilitante para Circulación - Covid-19, con excepción de aquellas que se dirijan a los establecimientos consignados en los apartados 2, 3, 5, 6 y 7 del artículo 1°, que circularán con la constancia del turno otorgado para su atención. Tampoco requerirán el mencionado certificado quienes se desplacen a los fines previstos en el apartado 1, siempre que se trate de establecimientos de cercanía al domicilio; y quienes lo hagan para solicitar atención por violencia de género".

Tanto los gobernadores como el Jefe de Gabinete tendrán la potestad para dejar sin efecto las excepciones otorgadas según la evaluación que realicen las autoridades sanitarias correspondientes sobre la evolución de la situación epidemiológica con el correr de los días.

La resolución no sólo se hizo extensiva para la Provincia de Buenos Aires: también alcanza a La Pampa, Neuquén, Formosa, Santa Cruz, Corrientes, Tierra del Fuego, Salta, San Juan, Córdoba, Jujuy, La Rioja, Chubut, Catamarca, Río Negro, Entre Ríos, Mendoza, Santa Fe, Chaco, San Luis, Misiones y la ciudad de Buenos Aires.