Mató a un joven de cuatro tiros y lo sobreseyeron porque actuó en legítima defensa
El hecho ocurrió en mayo del año pasado en el barrio Pueyrredón. Alejandro González disparó luego de que lo balearan cuando caminaba por la calle.
Por Redacción 0223
PARA 0223
La Justicia de Garantías dispuso el sobreseimiento de un hombre que en mayo del año pasado mató de cuatro tiros a Nicolás Romero en el barrio General Pueyrredón al considerar que actuó bajo legítima defensa. El hecho se dio en el marco de un enfrentamiento que había comenzado algunos días antes y tras el enfrentamiento el imputado también fue trasladado al hospital con varios balazos en su cuerpo.
El pedido de sobreseimiento de Alejando Sebastián González que hizo su defensor Mauricio Varela fue acompañado por el fiscal Alejandro Pelegrinelli al considerar que la hipótesis delictiva plasmada en el auto de imputación “no resiste mayor análisis, en orden a la punibilidad de la conducta, toda vez que se verifica en autos un supuesto de legítima defensa”.
Las primeras actuaciones realizadas la noche del 6 de mayo del año pasado establecieron que González participó de un enfrentamiento armado en la puerta de una casa en Güiraldes casi Cuba y efectuó varios disparos que impactaron en el tórax, abdomen y glúteos de Nicolás Andrés Romero causándole lesiones que instantes después provocaron su muerte. Tal como se informó oportunamente, el hecho fue calificado por los investigadores como homicidio agravado por el empleo de arma de fuego
“No me regalo, no me regalo”
Las primeras testimoniales que los efectivos de la comisaría decimosexta recabaron esa noche dieron cuenta de un auto acelerando previo a una discusión, al menos quince detonaciones y el intento de una persona –González- de ocultarse herido en los techos de una vivienda.
“No te voy a tirar” y “no me regalo, no me regalo” fueron las frases del diálogo previo a los disparos que minutos antes de las once de la noche terminaron con Romero muerto y González herido. El ingreso de ambos al Hospital Interzonal General de Agudos (Higa) –más allá de la diferencia de varios minutos- dieron cuenta de la existencia de un conflicto entre varias personas en la zona.
“Me dieron la concha de su madre, ayúdame” y un pedido de ayuda para “Nico” fueron los otros diálogos que los atemorizados vecinos pudieron recordar antes del ruido de al menos un auto escapando a toda velocidad.
González –que estuvo internado dos meses en el Higa- recordó que en esa época salía con una joven domiciliada a dos cuadras del lugar de los hechos. Dos horas antes de la balacera, la hermana de su novia le dijo que tres jóvenes con los que ya había tenido algunos inconvenientes lo estaban buscando.
El joven tuvo un nuevo aviso de esa búsqueda cuando fue hasta un domicilio en calle Güiraldes a comprar droga y otro conocido le dijo que cinco personas que se desplazaban en un Chevrolet Corsa lo estaban buscando. El dueño del “point” le advirtió que había gente que planeaba matarlo, y González –a quien en ese momento le entregaron un arma de fuego- se retiró del lugar.
En esa caminata es interceptado por el Chevrolet Corsa en el que viajaban cinco personas y se da el diálogo que los vecinos relataron a la policía. Según González recibe un primer disparo en la pierna que lo hace caer y ahí repele el ataque “disparando para todos lados” hasta que el auto se fue del lugar y luego, arrastrándose, ingresó al “point” y por una escalera llegó al techo de la construcción donde fue descubierto minutos después.
Al evacuar todas las dudas existentes en su relato, confirmar la veracidad de su relato a partir de los informes médicos y de la inspección del lugar donde ocurrieron los hechos, se pudo establecer que los disparos efectuados por González se dieron en el marco de un accionar bajo el amparo de la legítima defensa o autodefensa.
El Juez de Garantías Saúl Roberto Errandonea concluyó que “sin perjuicio de poner de resalto lo disvalioso que resulta un evento de tal naturaleza, donde un ser humano pierde la vida a instancias de otra persona, considero por todo lo expuesto que se encuentran reunidos en la conducta desplegada por el imputado, los requisitos objetivos y subjetivos necesarios para encuadrarla dentro de las previsiones del artículo 34 inciso. 6º del Código Penal, correspondiendo en consecuencia sobreseer al mismo”.
En la penúltima página de su resolución, hizo lugar al sobresesimiento de Alejandro Sebastián González solicitado por su abogado Mauricio Varela por encontrarse bajo el amparo de la causal de justificación de defensa propia.
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