Juicio en medio del aislamiento: condenan a sujeto que violó a su hija desde que tenía siete años
La pena de doce años de prisión se confirmó tras la validación de un juicio abreviado. La víctima y su familia acordaron ese mecanismo y la pena pactada.
Por Redacción 0223
PARA 0223
Un sujeto que a lo largo de seis años violó a una de sus hijas, se mantuvo prófugo más de tres años y fue detenido en noviembre de 2018, fue condenado a doce años de prisión tras la validación de un acuerdo de juicio abreviado en el Tribunal Oral en lo Criminal 3. La audiencia previa a la sentencia a cargo del Juez Fabián Riquert se realizó con el uso de medios tecnológicos que permiten avanzar con la resolución de trámites pendientes durante la emergencia sanitaria y asueto judicial.
En la sentencia a la que tuvo acceso 0223 se dejó constancia del acuerdo expresado por la víctima para la realización de un juicio abreviado y del monto pactado entre la fiscalía y la defensa del imputado. “Es criterio sostenido del suscripto teniendo en cuenta el tipo de delitos y las características de la vícctima (menor y mujer) que la hacen doblemente vulnerable y es razonable solicitar su opinión al momento de dar tratamiento”, sostuvo el magistrado.
Más allá del trabajo del Ministerio Público Fiscal desde el momento en que se realizó la primera denuncia y hasta que se ordenó su detención, J.A.O –su nombre no se da a conocer para no identificar a la víctima- estuvo prófugo tres años hasta que lo hallaron en noviembre de 2018 en un descampado ubicado en Tarantino entre Colón y Juan B. Justo.
Una infancia y adolescencia marcada por los abusos
En 2004, cuando la víctima tenía apenas siete años, J.A.O. la abusó mediante tocamientos en los diferentes domicilios donde vivía todo el grupo familiar que integraba junto a la madre y el resto de los hermanos. A partir de 2008 y hasta abril de 2010, el imputado la violó vía anal y vaginal mediando violencia física y psíquica ya que la amenazaba de muerte si contaba algo de lo ocurrido.
En su declaración al comienzo de la investigación, la joven contó que el imputado la besaba y tocaba cuando quedaban solos en algunas de las casas donde vivían y que después de cumplir once años la violó con acceso carnal por primera vez. En marzo de 2019, cuando dio su relato por última vez ratificó lo dicho años atrás y detalló las situaciones vividas en cada mudanza, las intervenciones estatales por las que pasó y otros datos que ratificaron la hipótesis inicial de lo sucedido.
El primer dato a la Justicia sobre los abusos cometidos los dio en abril de 2010 la directora de la escuela a la que asistía la niña –en ese momento de 13 años- tras tomar conocimiento por el comentario que le hizo el padre de una de las compañeras.
A partir de allí actuó el Centro de Protección del Niño de la Municipalidad y tras la declaración conteste de la víctima, la materialidad delictiva se comprobó de manera objetiva con el informe médico legal que confirmó que la niña presentaba desfloración de larga data y esfínter anal complaciente. En ese reporte la profesional consignó la angustia, el nerviosismo y la angustia de la adolescente durante el examen médico, apenas cuatro días después del último de los abusos sufridos.
En ese momento la madre de la menor sostuvo que no sabía lo que sucedía y que no descreía de los dichos de su hija porque no tenía novio y no salía de su casa. En una declaración posterior reconoció que sabía que la tocaban y que tenía una sospecha de abuso y solicitó que su pareja –que ya había abandonado la vivienda- fuera a la cárcel.
J.A.O. logró esquivar el accionar de la Justicia desde que en 2015 se solicitó su detención viviendo en precarias construcciones en la periferia de la ciudad hasta que personal de la comisaría duodécima lo detuvo en un descampado hace un año y medio. Desde ese momento está detenido en el complejo penitenciario de Batán.
El Juez Fabián Riquert descartó cuestiones eximentes de la responsabilidad penal y tomó como único atenuante la falta de antecedentes penales propuesta por las partes. En cuanto a los agravantes valore la modalidad del hecho, la excesiva prolongación en el tiempo de la conducta ya que “haber comenzado los hechos cuando la menor tenía tan solo 7 años de edad hasta los 13, destruyó su niñez y adolescencia”.
El magistrado también consideró la pérdida de lazos familiares ya que a partir de la denuncia la familia se desmembró y la víctima estuvo con su tío y posteriormente pasó por diversos hogares.
Tras calificar a los hechos como abuso sexual con acceso carnal agravado por haber sido cometido contra una víctima menor de 13 años de edad y por el vínculo, condenó a J.O.A. a la pena de doce años de prisión con accesorias legales y costas. En virtud de que se encuentra de manera ininterrumpida privado de su libertad desde el 20 de noviembre de 2018 se declaró con carácter provisorio que el vencimiento de la pena impuesta operará el 19 de noviembre de 2030.
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