Sobreseyeron a un hombre acusado de explotación laboral

La resolución del Juzgado Federal 3 alcanzó a Dionisio Condorí Jiménez que en mayo de 2018 había sido procesado con prisión preventiva.

Lo decidió la Justicia Federal. (Foto: archivo 0223).

9 de Agosto de 2020 12:43

Por Redacción 0223

PARA 0223

Un hombre al que acusaban haber explotado laboralmente a siete grupos familiares aprovechando su situación de vulnerabilidad en dos estancias sobre las rutas 226 y 88 fue sobreseído por la Justicia Federal que en mayo de 2018 había dictado su prisión preventiva.

La defensa de Dionisio Condorí Jiménez a cargo del abogado Matías Quiñones había logrado el dictado de falta de mérito por parte de la Cámara de Apelaciones luego de apelar el procesamiento. “Veníamos solicitando el sobreseimiento porque no restaban medidas para producirse y no había manera de que modificaran la falta de mérito otorgada”, le explicó a 0223.

La Cámara había señalado que no se hallaron –en la investigación que inició en su momento el fiscal Nicolás Czizik- elementos indiciarios que permitieran presumir “una restricción a la libertad locomotriz o de autodeterminación volitiva de los trabajadores que ejercían sus actividades en la Quinta Jiménez, así como tampoco se advierten elementos que permitan vislumbrar un aprovechamiento de situación de vulnerabilidad por parte del encartado”.

“Los elementos indiciarios no revisten entidad suficiente como para representarnos que los investigados han logrado conseguir o quebrantar la voluntad de la víctima o bien someterla mediante algún medio coercitivo al desarrollo de la actividad que practicaban”, dijeron en esa resolución.

Si bien en diciembre de 2019 desde la fiscalía solicitaron un nuevo procesamiento de Dionisio Jiménez en base a la incorporación de nuevos elementos de prueba, no se dio lugar al pedido y se mantuvo la falta de mérito dispuesta por la Alzada local porque las constancias probatorias recabadas no revestían “la entidad suficiente para variar el criterio adoptado por la Cámara Federal de Apelaciones local”.

El 12 de marzo pasado Quiñones solicitó el sobreseimiento en base al tiempo transcurrido, a que la investigación no progresó para autorizar el procesamiento y que el propio acusador público manifestó expresamente que no restaban medidas de prueba a producirse.

Esta semana el Juzgado decretó el sobreseimiento de Dionisio Condori Jiménez y dejó expresa mención de que “la formación de la presente causa en nada afecta el buen nombre y honor del que gozare”, además de la restitución de los elementos y dinero secuestrado oportunamente.