El antecedente de la secta del falso Pastor Hurtado

En abril de 2013, el pastor Isaías Hurtado quedó imputado por el delito de reducción a la servidumbre. El avance de la investigación arrojó que el falso líder religioso explotaba a sus víctimas e, incluso, abusaba sexualmente de ellas. A fines de 2019 fue condenado a 24 años y seis meses de prisión. 

Hurtado y su exesposa fueron condenados por la explotación, reducción a la servidumbre y abuso sexual de 27 personas. Foto: archivo 0223

19 de Noviembre de 2021 10:33

Por Redacción 0223

PARA 0223

Una serie de denuncias radicadas por fieles y una investigación de seis meses derivó, en abril de 2013, en la imputación del pastor Isaías Hurtado por el delito de reducción a la servidumbre. En aquel entonces, la fiscal Graciela Trill y personal de la Dirección Departamental de Investigaciones constató que el templo funcionaba en calle O’Higgins al 300 y, según los primeros testimonios, las personas que asistían eran obligadas a dejar un diezmo, debían realizar diferentes labores y pagar por esos trabajos a los integrantes de más jerarquía en el culto, en su mayoría, de nacionalidad chilena y venezolana. De hecho, durante los allanamientos en el lugar la Dirección de Migraciones detectó la presencia de ciudadanos extranjeros que estaban radicados en la ciudad sin sus papeles en regla. En ese domicilio, además, funcionaba un estudio de la radio FM Zion, sin habilitación y tampoco contaban con las medidas de seguridad e higiene mínimas.

 

Pero fue recién en julio de 2016 cuando el falso pastor y otras cuatro personas fueron detenidas e imputadas por los delitos de reducción a la servidumbre, defraudación y estafas. El modus operandi del denominado “ministerio religioso” de Hurtado era similar al de la secta del hotel City: con mensajes de fe y la existencia de un “ser superior”, captaba a los fieles -personas en situaciones de vulnerabilidad, sin contención, de bajos recursos económicos y de educación-, quienes después resultaban víctimas de abusos sexuales y explotación laboral.

Una vez lograda la captación, las personas comenzaban a concurrir a las “reuniones del ministerio”. En el caso de aquellas que no eran oriundas de Mar del Plata, se las instaba a mudarse a esta ciudad, mientras que a las locales se las convencía de instalarse en cercanías del templo. El pastor Hurtado insistía ante sus seguidores en que “la toma de territorio implicaba tomar lugares estratégicos para cuidar la casa apostólica” aunque, en realidad, el fin era controlar con mayor facilidad su libertad de autodeterminación y movimientos diarios, además de aislarlos de sus familias.

La sede de la congregación que explotaba y abusaba de sus víctimas estaba ubicada en calle O’Higgins al 300 de Mar del Plata. Foto: archivo 0223

Con la premisa de que “Dios era lo más importante de sus vidas”, el líder de la organización separaba a las personas de sus familias y avanzaba sobre las mujeres al sostener que eran “esposas que Dios le elegía”. Varios testimonios recogidos durante la etapa de investigación dieron cuenta de que Hurtado decía que debía "santificarlas" con su “semen ungido”.

Las maniobras consistían en persuadir a sus víctimas para que aporten sus recursos económicos a las arcas del “Ministerio” y reducirlas a la servidumbre y/o explotarlas laboralmente. Todo ello, de acuerdo a la investigación desarrollada por la Fiscalía Federal 2, se dio en perjuicio de 27 personas, aunque algunas de ellas no se identificaban como víctimas de situaciones de explotación.

Los damnificados eran obligados a realizar tareas de limpieza y se les retenían sus salarios en caso de que tuvieran otro empleo por fuera de la organización. También los instaban a obtener préstamos en distintas entidades financieras para beneficio de los responsables del “Ministerio” y debían transferir sus bienes a la congregación

El 23 de diciembre de 2019, el Tribunal Oral Federal de Mar del Plata condenó por unanimidad al falso pastor Isaías Hurtado a la pena de 24 años y seis meses de prisión al ser considerado autor materialmente responsable de los delitos de abuso sexual con acceso carnal agravado por haber sido cometido por un ministro de un culto no reconocido. También ordenó que pagara una multa de 90 mil pesos. 

En la oportunidad, el TOF condenó además a Patricia Soledad Padilla Coronado, exesposa de Hurtado, a la pena de 10 años de prisión y a pagar una multa de 50 mil pesos. Para los jueces Roberto Falcone, Mario Portela y Alfredo Ruiz Paz, tanto Hurtado como Padilla cometieron el delito de trata de personas menores y mayores de 18 años con fines de reducción a la servidumbre bajo la modalidad de captación y acogimiento, mediante engaños, coerción y abuso de la situación de vulnerabilidad, agravado por la multiplicidad de víctimas.