Un robo, un intento y una pena condicional si hace trabajo comunitario

La pena de dos años y ocho meses será de ejecución condicional. Los hechos ocurrieron entre enero de 2018 y octubre de 2020.

El juicio abreviado se validó en Tribunales.

27 de Febrero de 2021 20:05

Por Redacción 0223

PARA 0223

Fijar domicilio, someterse al control del Patronato de Liberados y realizar trabajos comunitarios. Esas son las reglas de conducta que un sujeto condenado a dos años y ocho meses de prisión deberá cumplir para mantener de manera condicional el cumplimiento de la pena.

La pena que se le impuso a Sebastián Ezequiel Carrillo fue tras la validación de un acuerdo de juicio abreviado que las partes presentaron en el Tribunal Oral en lo Criminal 3. El Juez Fabián Riquert no consideró que existieran obstáculos legales para desestimar la solicitud.

El primero de los hechos que formaron parte del acuerdo ocurrió el 12 de enero de 20118 cuando el imputado, junto a otras cuatros personas, rompió la vidriera de un negocio en Alberti casi Malvinas y sustrajo cinco botellas de cerveza.

Esa madrugada fue aprehendido por personal del Comando de Patrullas en inmediaciones de Colón y Perú. Si bien un par de autores lograron escapar,  Carrillo y otros dos fueron reducidos en el lugar.

La mañana del 9 de octubre de 2020 el imputado volvió a ser aprehendido en la avenida Champagnat casi San Lorenzo junto a otro sujeto tras agredir a golpes a un hombre al que intentaron asaltar. Su responsabilidad en el hecho estuvo plenamente probada a partir de la declaración de la propia víctima,

La coautoría de Carrillo en el hecho la encuentro probada a partir de la declaración de la víctima, de las actuaciones policiales y el acta de procedimiento, secuestro y aprehensión.

En la sentencia a la que tuvo acceso 0223, el magistrado descartó cuestiones eximentes de la responsabilidad penal, consideró atenuante la falta de antecedentes y valoró como agravante la pluralidad de autores en ambos hechos, lo que implicó un menor riesgo para el éxito en su comisión.

El juez declaró a Sebastián Ezequiel Carrillo coautor penalmente responsable de los delitos de robo y robo cometido con empleo de arma en grado de tentativa, en concurso real entre sí, y lo condenó a dos años y ocho meses de prisión.

La pena quedará en suspenso en tanto el condenado ajuste su conducta en libertad a las reglas impuestas por el plazo de dos años. En un lapso no mayor a los diez días de que la sentencia quede firme, Carrillo denunciar en qué institución de bien público desarrollará las tareas.