El proyecto que declara a Mar del Plata como "zona fría" dará un paso clave

Se espera que este jueves por la tarde la iniciativa impulsada por el Frente de Todos obtenga el respaldo de la Cámara de Diputados de la Nación. En caso de aprobarse, pasaría rápidamente a ser tratada en el Senado para convertirse en ley.

La Cámara de Diputados le dará el primer aval a la niciativa.

10 de Junio de 2021 08:22

Por Redacción 0223

PARA 0223

La Cámara de Diputados de la Nación definirá este jueves si le otorga la primera media sanción al proyecto de ley que busca recategorizar como "zona fría" a Mar del Plata y otras 40 ciudades del interior de la Provincia, lo que se traduciría en un beneficio para las facturas de gas que reciben unos 270 mil hogares de General Pueyrredon.

Después del dictamen favorable que obtuvo este jueves el tratamiente previo en comisiones, la iniciativa impulsada por el Frente de Todos llega a sesión con fuerte expectativa de que tenga luz verde para poder pasr rápidamente a la Cámara Alta en el transcurso de la próxima semana.

El oficialismo descarta que surjan mayores trabas para la salida de la propuesta, teniendo en cuenta que durante su presentación ya se garantizó el aval de otros espacios políticos, como Consenso Federal e Interbloque Federal. "La idea es que esto esté cocinado para fin de mes. Va a ser un gran paliativo para las facturas más bravas de invierno", ratificaron fuentes legislativas consultadas por 0223.

El proyecto propone cambiar el artículo 67 del Presupuesto 2021, que prorroga por 10 años el Fondo Fiduciario para consumos residenciales de gas del artículo 75, para sumar al beneficio a más de 40 ciudades del interior de la Provincia - entre ellas, Mar del Plata - que padecen temperaturas bajo cero en época invernal.

Uno de los fundamentos planteados es que se busca "equilibrar las desigualdades que se han generado por la exclusión de esos territorios, en virtud del principio de igualdad y no discriminación y el derecho a la energía". En la ciudad, de aprobarse, se verían beneficiados unos 270 mil hogares, tal como anticipó este medio.

En toda la Provincia, la cantidad de beneficiarios ascendería a más de 2 millones de bonaerenses. El resto de los municipios a los que llegará la medida son: Partido de La Costa, Pinamar, Villa Gesell, Mar Chiquita, General Alvarado, Lobería, Necochea, Tres Arroyos, San Cayetano, Coronel Dorrego, Casares, Monte Hermoso, Coronel Rosales, Bahía Blanca, Villarino, Patagones, Tandil, Olavarría, Azul, General La Madrid, Coronel Suárez, Saavedra, Tornquist, Coronel Pringles, Laprida, Benito Juárez, Gonzales Chaves, General Juan de Madariaga, General Lavalle, Ayacucho, Rauch, Pellegrini, Salliqueló, Guaminí, Tres Lomas, Daireaux, Balcarce, Puán, Adolfo Alsina, Tapalqué, General Guido, Castelli, Dolores, Maipú, Tordillo, Bolívar, Pehuajó, Carlos Tejedor e Hipólito Yrigoyen.

El beneficio

El proyecto establece una reducción general del 30% y del 50% para "sectores más vulnerables" de la tarifa de gas para el consumo residencial. Dentro de los sectores más vulnerables, se incluye a:

•    Titulares de la Asignación Universal por Hijo (AUH) y la Asignación por Embarazo. 
•    Titulares de Pensiones no Contributivas que perciban ingresos mensuales brutos no superiores a CUATRO (4) veces el Salario Mínimo Vital y Móvil. 
•    Usuarios y usuarias inscriptas en el Régimen de Monotributo Social. 
•    Jubilados y jubiladas; pensionadas y pensionados; y trabajadores y trabajadoras en relación de dependencia que perciban una remuneración bruta menor o igual a CUATRO (4) Salarios Mínimos Vitales y Móviles. 
•    Trabajadores y trabajadoras monotributistas inscriptas en una categoría cuyo ingreso anual mensualizado no supere en CUATRO (4) veces el Salario Mínimo Vital y Móvil. 
•    Usuarios y usuarias que perciben seguro de desempleo. 
•    Electrodependientes, beneficiarios y beneficiarias de la Ley N° 27.351. 
•    Usuarios y usuarias incorporadas en el Régimen Especial de Seguridad Social para Empleados de Casas Particulares (Ley N° 26.844). 
•    Exentos en el pago de ABL o tributos locales de igual naturaleza.
•    Titulares de Pensión Vitalicia a Veteranos de Guerra del Atlántico Sur.