Por cuánto tiempo no se podrán practicar abortos legales en el país

Tras el fallo del juez marplatense Alfredo López, la aplicación de la ley 27.610 seguirá vedada hasta tanto no se resuelva la sentencia definitiva que dictaminará o no la constitucionalidad de la legislación sancionada por el Congreso el 30 de diciembre. 

Qué pasa con los abortos tras el fallo de López.

9 de Junio de 2021 09:33

Por Redacción 0223

PARA 0223

La cautelar que otorgó este lunes el juez Alfredo López para que no se pueda aplicar la Ley 27.610 sobre la Interrupción Voluntaria del Embarazo (IVE) tiene un fuerte impacto ya que, al tratarse de una medida federal, su alcance no solo entiende al caso particular de Mar del Plata sino a todo el país. Por eso, ni bien se conoció la polémica resolución, el Gobierno de Alberto Fernández no tardó en anticipar la apelación para tratar de retrotraer la situación cuanto antes. Pero más allá de estos idas y vueltas en la Justicia, ¿cuánto durará la suspensión de las prácticas legales de aborto en Argentina?

Los tiempos varían según cada mirada judicial pero lo cierto es que la resolución del magistrado de la ciudad seguirá vigente, por lo pronto, por varias semanas más. Todo depende del plazo que lleve el análisis y tratamiento del expediente impulsado por el abogado Héctor Adolfo Seri -directamente ligado al carapintada Aldo Rico e involucrado en una causa por millonarias estafas a la Anses- hasta que se pueda dar lugar a la sentencia definitiva que dicte si la legislación que aprobó el Congreso el 30 de diciembre es constitucional o no.

La apelación que formalice en las próximas horas el Ministerio las Mujeres, Géneros y Diversidad de Argentina no cambiara demasiado el escenario en el corto plazo ya que, según explicó a 0223 el propio juez López, esta posibilidad de presentación que se le concede al Gobierno es "en efecto devolutivo pero no efecto suspensivo". "Entonces, a pesar de la apelación, la cautelar se va a tener que cumplir y seguirá vigente hasta que esté la sentencia definitiva de constitucionalidad", remarcó el magistrado, quien agregó: "Esto implica que no se puede aplicar ni la ley del aborto ni todos los protocolos o resoluciones que también se hayan hecho en función de esa ley"

Según el responsable del Juzgado Federal Nº 4 de Mar del Plata, autoproclamado "defensor de las dos vidas" y actor cercano a la Iglesia Católica, esa "sentencia definitiva" estaría en un lapso de "aproximadamente veinte días", con lo cual hasta esa fecha permanecerá suspendida la ley de la IVE. Y si encima la Cámara de Apelación apoya la mirada de López y resuelve en contra del Ejecutivo nacional, el tiempo de suspensión sería aún mayor ya que la presentación del segundo recurso recaería en la Corte Suprema de Justicia de la Nación, donde los plazos de resolución no son para nada fijos y suelen dilatarse.

El abogado Mauro D’ipólito Blancat, quien patrocinó a Serie en el pedido de la cautelar, estimó, incluso, que el fallo definitivo sobre esta polémica podría demorar, como mínimo, cuatro o cinco meses. "Para él (por Seri) esto fue una victoria porque es católico y está a favor de la vida", había reconocido el letrado, en diálogo con este medio, poco después de tomar conocimiento del fallo que paraliza las prácticas legales del aborto a lo largo y ancho del territorio nacional.

Para tomar su decisión, el juez de Mar del Plata se amparó en el artículo 19 del Código Civil y el artículo 75 incisos 22 y 23 de la Carta Magna, donde se le otorga jerarquía constitucional a una serie de tratados internacionales incorporados durante la reforma del '94 en el Gobierno de Carlos Menem. De esa manera, sostuvo, "todo el bloque constitucional convencional y tradicional" reconoce el derecho del niño por nacer. "El tratado de los Derechos del Niño y el Pacto de San José de Costa Rica determina que hay vida desde la concepción. Entonces, con esta ley, se está matando al niño por nacer", interpretó López.

Pero el artículo 3 de la Ley 27.610 ampara sus disposiciones bajo el mismo artículo de la Constitución Nacional que citó el magistrado. El texto de ley encuentra respaldo en la Declaración Universal de Derechos Humanos, la Convención Americana sobre Derechos Humanos, la Convención sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación contra la Mujer (CEDAW por sus siglas en inglés) y su Protocolo Facultativo, el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer “Convención de Belém do Pará”, la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, la Convención sobre los Derechos del Niño y la Convención contra la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes, entre otros tratados internacionales.

En las autoridades hay una fuerte preocupación por las miles de mujeres de todo el país que ahora quedan vedadas de acceder a una práctica segura, legal y gratuita y se ven obligadas a recurrir a la clandestinidad para poder hacer cumplir su voluntad, problemática histórica que venía a subsanar la ley de la IVE desde su sanción. De hecho, en el 2020 (es decir, antes de que existiera ley que hoy pone en discusión un sector de la Justicia), se registraron 14.330 interrupciones voluntarias del embarazo solamente en territorio bonaerense, según datos oficiales del Ministerio de Salud.

Hasta este lunes, el derecho a decidir y acceder a la interrupción voluntaria del embarazo existía en el país hasta la semana 14, inclusive, del proceso gestacional. Y a partir de la semana 15, se contemplaba el riesgo de vida o por el resultado de una violación, con el requerimiento y la declaración jurada de la persona gestante, ante el personal de salud interviniente (cuando las víctimas eran menores de 13 años, la declaración jurada no se exigía).

La legislación también establecía que previo a la realización de la interrupción voluntaria del embarazo se requería el consentimiento informado de la persona gestante expresado por escrito. "Nadie puede ser sustituido en el ejercicio personal de este derecho", se remarcaba en el texto oficial.