Agente penitenciario violó a la ex pareja y quiso internarla en un psiquiátrico

Los hechos ocurrieron en junio de 2019. Este miércoles lo condenaron a seis años y medio de prisión. Seguirá con arresto domiciliario hasta que la pena quede firme.

El juicio culminó este miércoles en Tribunales.

29 de Septiembre de 2021 16:44

Por Redacción 0223

PARA 0223

Un agente penitenciario que violó a la ex pareja y horas más tarde intentó internarla en un establecimiento psiquiátrico fue condenado este miércoles a seis años y seis meses de prisión tras un juicio que se realizó en el Tribunal Oral en lo Criminal 1. A lo largo de las veintiséis páginas de la sentencia que se conoció este mediodía en el séptimo piso de Tribunales, el Juez Facundo Gómez Urso dio por probada la autoría de José Alfredo Nicodemo en orden al delito de abuso sexual con acceso carnal.

De acuerdo a la prueba que se produjo en el debate y la incorporada por lectura y en sintonía con la hipótesis del fiscal Leandro Arévalo, se demostró que el 24 de junio de 2019, minutos después de las siete y media de la manaña, el agente de 48 años ingresó a la casa que ocupaba la ex pareja en el barrio Penitenciario, la tiró al piso y abusó sexualmente de ella vía vaginal y anal.

Esa mañana Nicodemo ingresó a la casa –de la que aún guardaba una llave-de manera sorpresiva y le dijo a la víctima que necesitaba dinero para un negocio. La mujer declaró en el debate que ella no quería darle dinero porque el hombre tenía adicción al juego e intentó convencerlo, antes de la separación, para iniciar algún tratamiento.

El imputado intentó convencerla para volver a estar juntos, pero ante la negativa de la mujer la tomó de los pelos, la tiró al piso y la inmovilizó antes de violarla en más de una oportunidad. “Yo siempre mantuve mí no”, dijo la víctima ante las preguntas de las partes en el juicio.

La investigación estuvo a cargo del fiscal Leandro Arévalo. (Foto: archivo 0223).

Tras el abuso, el imputado se fue del lugar y le dijo que debía realizar unos trámites y que luego volvería para que la mujer lo acompañara a encontrar un grupo de autoayuda por su ludopatía.

“La vulnerabilidad de la víctima se apreció en distintas circunstancias, pero una de ellas fue al aceptar esta posibilidad de que, luego de abusar sexualmente de ella, Nicodemo pasara a buscarla para ir juntos por ayuda para su adicción al juego”, dijo el magistrado.

Un certificado y un intento de internación

Hora después de sufrir el abuso, la mujer se reencontró con Nicodemo quien tenía en su poder una orden judicial para trasladarla a un neuro-psiquiátrico. En su relato sostuvo que desde hacía algún tiempo le daban más pastillas que las prescriptas oportunamente por su psiquiatra al que no veía hacía más de un año.

Para el magistrado tanto el pedido de evaluación del psiquiatra que la había atendido, un oficio para ello desde la Justicia de Familia y la internación ulterior de la víctima fueron parte de un plan que Nicodemo ya tenía desde la última discusión que la ex pareja había tenido la semana anterior.

La mujer fue trasladada al neuro-psiquiátrico Grupo Suizo donde tuvo una primera charla con una asistente de enfermos mentales y nerviosos de la institución quienes al escuchar su relato decidieron trasladarla a la comisaría y luego al Cuerpo Médico.

El análisis que hizo la doctora Andrea Carolina Dabos confirmó las lesiones que sufrió la víctima y que las mismas coincidían con el relato que hizo antes de ponerse a llorar en el consultorio. Tanto las escoriaciones y las fisuras eran compatibles con una agresión sexual reciente y en el mismo sentido calificó las lesiones corporales “de dominio o de control de la víctima”.

"Cuando la respuesta o el cuerpo dicen no, todo acceso carnal es violación"

El informe médico psiquiátrico que firmó la doctora Susana Romera Ledesma, del Grupo Suizo, fue contundente en cuanto a la inexistencia de criterio alguno para internar a la mujer. Para el Juez, todo fue producto del relato falaz de Nicodemo al psiquiatra tratante.

En el mismo sentido evaluó el informe victimológico para establecer que si bien en algún momento de la pareja “las situaciones de violencia en las relaciones sexuales con Nicodemo eran consentidas”, lo que sucedió el 24 de junio de 2019 no estuvo en ese mismo sentido.

Si bien en el mismo juicio la víctima señaló que Nicodemo intentó demostrar en ese ataque que era la persona que mandaba, el magistrado aclaró que no terminaba de encasillar lo sucedido como la violación que fue. “Aún pudiendo adquirir distintas formas, el no es no. Y cuando la respuesta o el cuerpo dicen no, todo acceso carnal es violación. Por falta de consentimiento libre, pleno y voluntario”, dijo Gómez Urso.

El juicio fue presidido por el Juez Facundo Gómez Urso. (Foto:archivo 0223).

En el mismo sentido se destaca uno de los informes incorporados al expediente en el que se establece que el mecanismo psicológico de la vícitma no le permitía comprender que un acceso carnal sin consentimiento era una violación. Eso ocurría tanto por las características de su personalidad vulnerable como por la manipulación ejercida constantemente por Nicodemo.

La psicóloga agregó que la mujer sintió culpa porque Nicodemo estuviera preso, “si bien reconoce lo que hizo porque fue forzado, es como que entra en contradicción”. “Entrar en contradicción no es sinónimo de haber mentido. La contradicción de Vaca, valga aclararlo una vez más, se da por el significado que ella le asigna (o no le asigna) al ataque sexual sufrido”, aseguró.

En la sentencia a la que tuvo acceso 0223 se descartaron cuestiones eximentes de la responsabilidad penal y se valoró como atenuante la carencia de antecedentes penales y las que fueron consideradas al momento de darle el arresto domiciliario. En cuanto a los agravantes se tuvo en cuenta –tal lo solicitado por el fiscal Arévalo- el nivel de violencia de género que caracterizó la relación y que se confirmó en el ataque sexual objeto de acusación.

Este miércoles el Juez condenó a José Alfredo Nicodemo a la pena de seis años y seis meses de prisión por resultar autor penalmente responsable del delito de abuso sexual con acceso carnal. Hasta que la sentencia quede firme seguirá cumpliéndola bajo la modalidad de arresto domiciliario.