Testigos flojos y errores de la policía: absolvieron a acusado de amenazas y portación de armas

Los hechos ocurrieron en octubre de 2021. Retiraron la primera acusación en el debate y el procedimiento en el que lo detuvieron estuvo mal realizado.

El juicio se realizó en el TOC N° 4.

5 de Junio de 2022 17:18

Por Redacción 0223

PARA 0223

Un hombre de 38 años acusado de amenazar a un vecino con un arma fue absuelto tras la realización de un juicio en el Tribunal Oral en lo Criminal N° 4 luego de que la fiscalía retirara la acusación al entender que por la reticencia y las declaraciones de los testigos no podía probarse el hecho. Lo singular es que el operativo de interceptación en el que hallaron el arma que llevaba fue anulado porque estuvo mal realizado por la policía que tampoco hizo la cadena de custodia exigida legalmente

En la investigación a cargo del fiscal Guillermo Nicora que llegó a debate se sostuvo que la tarde del 10 de octubre del año pasado Rubén Darío Ordóñez profirió amenazas contra un vecino, arrojó elementos contra su propiedad y exhibiendo un arma de fuego le dijo que debía irse del barrio.

Sin embargo en el debate el fiscal sostuvo que se carecía de pruebas suficientes para probar la culpabilidad del imputado en el hecho ya que la víctima dijo que no entendió lo que le habían gritado y que no había visto arma alguna. En el mismo sentido se expresaron los testigos que declararon en el juicio.

Minutos después del primer hecho registrado esa tarde, personal policial constató que Ordoñez portaba sin autorización legal una pistola Taurus calibre nueve milímetros con un proyectil en la recamara y otros cuatro en el cargador tras interceptar el auto VW Voyage en el que se desplazaba con otras dos personas.

Su defensa planteó que la interceptación del rodado no tenía razón alguna porque no había denuncia al igual que la requisa que se practicó porque no había razones de urgencia para llevarla adelante ya que los cacheos preventivos de los tres ocupantes arrojaron resultado negativo.

El accionar policial fue puesto en tela de juicio por el propio testigo de procedimiento que dijo que recién pudo ver el arma cuando los policías corrieron hacia adelante el asiento del acompañante. También recordó que le pidieron que firmara una planilla en blanco “para no hacerle perder tiempo” y que a la noche lo llamaron otra vez para firmar un sobre de papel madera que estaba vacío.

Para el Juez Alfredo Deleonardis lo afirmado por el testigo en el debate es algo totalmente contrario al mecanismo de legalidad establecido por la Procuración General de la Suprema Corte de Justicia con la finalidad de preservar la identidad e integridad de objetos o muestras que puedan ser fuente de prueba en hechos criminales. “Bajo ningún concepto puede concebirse que la ignorancia de los funcionarios policiales resulte un justificativo válido frente a un procedimiento ilegal, ilegítimo o irregular”, señaló.

Para el magistrado, previo al fallo de la cadena de custodia del arma secuestrada, no existían motivos válidos para que los funcionarios policiales procedieran a interceptar, identificar y demorar a los ocupantes del Volkswagen Voyage, ni para la incautación de la pistola, por lo que correspondía privar de todo efecto jurídico al procedimiento policial practicado.

El magistrado absolvió libremente a Rubén Darío Ordóñez respecto del delito de amenazas agravadas luego de que el fiscal retirara legalmente la acusación y declaró nulo el procedimiento policial, incluyendo la requisa del VW Voyage en el que viajaba el imputado y el secuestro de la pistola Taurus calibre nueve milímetros.

Luego de conceder la excarcelación y atento el carácter absolutorio del veredicto dictado, dispuso poner en conocimiento al Fiscal General de Cámaras el contenido íntegro de la sentencia, en razón de las irregularidades producidas en la presente causa.