Caso Nahuel Lagos: la defensa de los policías apeló la elevación a juicio
La situación será resuelta por la Sala II de la Cámara de Apelación y Garantías. El joven falleció en mayo de 2024 tras estar casi un año internado.
Por Redacción 0223
PARA 0223
La elevación a juicio de la causa contra dos policías acusados de provocarle lesiones gravísimas a un joven que murió tras estar casi un año internado será resuelta por la Sala II de la Cámara de Apelación y Garantías tras la apelación que hizo la defensa de los imputados.
La resolución estará a cargo solamente de los Jueces Marcelo Madina y Adrián Angulo porque el miembro restante, Juan Pablo Lódola, se excusó en virtud de haber estado al frente de la fiscalía 12 en el comienzo de la investigación.
Iván Cari y Maira Agustina González están imputados como coautores de los delitos de lesiones gravísimas agravadas por ser miembros integrantes de la fuerza policial en abuso de su función o cargo, vejaciones en actos de servicio, e incumplimiento de los deberes de funcionario público en concurso ideal.
Tras la decisión del Juez de Garantías Juan Tapia de elevar el pasado 22 de septiembre la causa a juicio, la defensa apeló la medida y será la Sala II la que deberá resolver.
En septiembre del año pasado los imputados se presentaron ante el fiscal Luis Ferreyra y negaron los cargos imputados. En virtud de haber estado desde un primer momento a derecho, no se solicitó ninguna medida restrictiva de la libertad.
La hipótesis fiscal
Para el Ministerio Público Fiscal tras un llamado al 911 Cari y González interceptaron en calle 136 entre 153 y 155 a Nahuel Lagos. Mientras el joven se encontraba en el suelo e indefenso, el Oficial Cari lo levantó por detrás tomándolo de las esposas, pisándole la cabeza, mientras lo tomaban de la chalina que llevaba colocada la víctima y tiraron de la misma en dirección ascendente, a modo de ahorcamiento.
Para los investigadores, esa maniobra le provocó a la víctima una lesión en la médula espinal, concretamente, una hiperextensión aguda de la columna cervical que le ocasionó una cuadriplejía espática con vejiga e intestino neurogénico, déficit fono respiratorio y disfagia neurogénica, en el contexto de una lesión medular incompleta ASIA C, lesión corporal cierta o probablemente incurable, con imposibilidad permanente para el trabajo y la pérdida del uso de sus miembros.
Según Ferreyra, la víctima debió ser internada el 30 de agosto de ese mismo año luego de asistir en reiteradas oportunidades al Centro de Salud de Batán por los intensos dolores que sufría “y sin que sufriese desde el día de los golpes hasta el día de su internación ninguna otra lesión que justifique el cuadro neurológico luego constatado”.
La pena en expectativa por los delitos imputados es de 3 a 10 años de prisión, aunque por la condición de funcionarios públicos el máximo sube hasta 15 años.
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