Médica atropelló a “delivery”, escapó y la detuvieron: aumentaron el monto de la indemnización
Lo resolvió la Sala II de la Cámara de Apelación en lo Civil y Comercial. Redujo la indemnización por incapacidad, pero elevó el resarcimiento por daño moral.
Por Redacción 0223
PARA 0223
La Cámara de Apelación en lo Civil y Comercial modificó parcialmente una condena contra una médica que en mayo de 2023 atropelló a un motociclista y abandonó el lugar del accidente pese a que la víctima había sufrido una fractura expuesta. Si bien redujo la indemnización por incapacidad, elevó considerablemente el resarcimiento por daño moral.
La tarde del 18 de mayo de 2023 M.P.A. conducía su rodado Jeep Renegade y en la intersección de Alberti y Mitre atropelló la moto Yamaha FZ16 que manejaba C.G.J.D. tras cruzar un semáforo en rojo. Después del impacto descendió de la camioneta, observó que el motociclista estaba tendido en el suelo con una fractura expuesta y volvió a subir al vehículo para escapar, pero fue interceptada por un móvil policial en Garay entre Alvear y Mendoza.
La víctima sufrió una fractura expuesta de tibia y peroné en la pierna derecha, fue sometida a una intervención quirúrgica con colocación de placas y tornillos y atravesó múltiples complicaciones, entre ellas infecciones e internaciones posteriores. Las secuelas también le provocaron una incapacidad psicológica del 20%, con síntomas de ansiedad y depresión y no pudo continuar su labor como repartidor para plataformas.
En mayo de 2026 el Juzgado Civil y Comercial N° 12 condenó a la conductora y a compañía de seguros Meridional a pagar $105.811.300 por incapacidad psicofísica, daño moral, lucro cesante, gastos médicos y de farmacia, traslados y los daños ocasionados a la motocicleta: ambas partes apelaron la resolución.
Los jueces Ricardo Monterisi y Roberto Loustaunau resolvieron modificar parcialmente el fallo y reducir el monto por incapacidad psicofísica al considerar que debía utilizarse el Salario Mínimo, Vital y Móvil como referencia, debido a que el trabajador no había acreditado concretamente sus ingresos mediante los registros de actividad de las aplicaciones de reparto.
También rechazaron el planteo de la demandada y la aseguradora que cuestionaba que el motociclista trabajara como repartidor y consideraron acreditada esa actividad a partir de la mochila de delivery y la caja de pedidos que llevaba al momento del accidente. Al momento de elevar el monto de resarcimiento por daño moral reemplazaron los 20 millones de pesos establecidos originalmente por el equivalente a 23.500 dólares estadounidenses, cuya conversión deberá realizarse al momento de la liquidación, utilizando el tipo de cambio más alto entre el oficial y el dólar MEP.
La Cámara tuvo en cuenta, para justificar ese incremento, la gravedad de las lesiones, las complicaciones médicas, las secuelas psicológicas y, fundamentalmente, la conducta de la conductora, quien abandonó a la víctima después de comprobar que estaba gravemente herida.
“Observo que la conducta de la demandada no sólo fue ilícita en su inicio (al no respetar la luz del semáforo) sino que moralmente reprochable en su continuación, abandonando la escena del accidente a sabiendas de que había una persona herida. No puedo sino coincidir con la apreciación que ha hecho el juez de esta cuestión, al señalar que además de moralmente abyecto, lo sucedido resulta perturbador por una circunstancia en especial: M. P. A. es de profesión médica, lo que ha hecho añicos su juramento hipocrático de esta noble profesión”, sostuvieron.
Los camaristas confirmaron los montos reconocidos en los rubros por lucro cesante, gastos médicos, farmacia y traslados. También rechazaron los reclamos por gastos de tratamiento psicológico futuro y asistencia domiciliaria, al considerar que no habían sido planteados y acreditados oportunamente en la demanda.
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