Condenan a dos policías que quisieron extorsionar a una mujer y falsificaron un acta
Ricardo Mendoza y Pablo Roldán recibieron penas de tres y dos años de ejecución condicional. Se los inhabilitó por el doble de tiempo de la condena para ejercer cargos públicos.
Por Redacción 0223
PARA 0223
Dos efectivos policiales que en mayo de 2015 le exigieron diez mil pesos a una mujer para no inventarle una causa judicial y que ingresaron datos apócrifos en un acta de procedimiento para lograr que se allanara un domicilio fueron condenados tras la realización de un juicio en el Tribunal Oral en lo Criminal 4.
Ricardo Mendoza fue condenado a tres años de prisión como coautor del delito de extorsión en grado de tentativa mientras que Pablo Roldan recibió una pena de dos años en carácter de coautor del delito de falsificación ideológica de instrumento público agravada por haber sido ejecutada por funcionarios públicos en ejercicio de sus funciones.
En sintonía con el pedido de la fiscalía, los jueces Alfredo Deleonardis, Gustavo Fissore y Jorge Peralta establecieron que las penas sean de ejecución condicional y les impusieron una inhabilitación de seis y cuatro años –respectivamente- para ejercer cargos públicos..
“Te paramos cuando queremos y te empapelamos”
La hipótesis de la fiscal Lorena Irigoyen ubicó al origen de la tentativa de extorsión la tarde del 8 de mayo de 2015 cuando los dos imputados y una tercera persona que no fue identificada interceptaron el vehículo que conducía María Soledad Ibarlucea. Los sujetos se identificaron como funcionarios policiales y le exigieron la entrega de diez mil pesos bajo la amenaza de " pararla cuando quiera y empapelarla".
El Tribunal consideró que si bien los sujetos no lograron completar el hecho por razones ajenas a su voluntad, “la materialidad así descripta ha quedado legalmente acreditada con la prueba recibida durante la audiencia de debate y también mediante las constancias de la investigación que fueran incorporadas por lectura a petición de las partes”.
En su declaración la víctima recordó que la interceptaron en inmediaciones de Libertad y Tres Arroyos antes de exigirle la entrega de dinero porque de lo contrario la iban a “engarronar”. La mujer sostuvo que le preguntaron si no andaba en nada raro, si tenía alguna causa y si trabajar para ellos antes de decir que le daban diez días para juntar el dinero.
Ibarlucea le dijo a los jueces que decidió hacer la denuncia por el miedo que le generaba esta situación, pensando que los sujetos podían realmente cumplir con su amenaza y la podían llegar a poner algo en el auto. Tras presentarse en Fiscalía dio su consentimiento para que le fuera intervenida judicialmente la línea de su teléfono móvil a la espera de una nueva comunicación por parte de los dos policías.
Según las pericias que constan en la instrucción penal preparatoria y que fueron presentadas durante el debate, diez días más tarde uno de los imputados la llamó para preguntar “si había conseguido la plata". De acuerdo a la sentencia a la que tuvo acceso 0223, la persona que llamó le recordó que habían estado con ella días antes y que le avisara cuando tuviera algo así podían cruzarse.
Los jueces dieron por debidamente acreditada la coacción ejercida sobre la víctima con el despliegue de medios intimidatorios (seguimiento previo, interceptación por pluralidad de personas, identificación como efectivos policiales y exigencia de dinero a cambio de no incriminarla falsamente de un delito) que resultaron idóneos para atemorizar a la mujer.
Aunque la defensa cuestionó la declaración de la mujer porque a su entender se trataba de una “reconocida narcotraficante”, los jueces no dudaron en ponderar la credibilidad objetiva y subjetiva de sus dichos. “El antecedente condenatorio que ella informó haber registrado diez años atrás no impide calificar a su testimonio en este proceso como veraz, coherente, persistente y concordante con otras evidencias de cargo, no habiéndose detectado indicio alguno que lleve a presumir que sus dichos se hallen dirigidos a falsear los hechos”, señalaron.
Un acta falsa, un instructivo y un allanamiento
El segundo de los hechos juzgados ocurrió el 20 de mayo de 2015 cuando el oficial subinspector Pablo Roldán y otro efectivo redactaron un acta de procedimiento en la cual insertaron datos apócrifos. Relataron falsamente que al realizar tareas de observación sobre el domicilio sito en calle San Lorenzo al 3300 observaron a una persona realizar una maniobra de compra de droga y que tras interceptarlo secuestraron una pastilla de éxtasis que habría adquirido en la vivienda.
Esos datos fueron acordados por los funcionarios policiales con el supuesto aprehendido a fin de fundamentar la solicitud de una orden de allanamiento de ese domicilio y que dos días más tarde autorizó la Jueza de Garantías Rosa Frende.
La operatoria quedó comprobada a partir del análisis de las comunicaciones telefónicas en las que se descubrió que la pastilla secuestrada en el “corte previo” documentado había sido entregada por los policías a un joven. Los efectivos instruyeron a esa persona para que dijera que la había adquirido a una mujer en el domicilio de una mujer en San Lorenzo entre Salta y Jujuy.
El Tribunal descartó cuestiones eximentes de la responsabilidad penal y valoró como atenuantes la ausencia de antecedentes penales de ambos policías y el buen concepto vecinal. En cuanto a los agravantes merituraron la condición de policía del coimputado Ricardo Mendoza por el primero de los hechos. “La Corte Suprema Corte de Justicia que, en casos análogos, ha sostenido reiteradamente que su calidad de servidor del orden público lo obligaba a ser más respetuoso que ningún otro particular de los bienes jurídicos de las personas, por tener asignada como misión específica la defensa y protección de la sociedad, lo que lo hace acreedor a un mayor reproche y pasible, por tanto, de una más severa sanción”, refirieron el fallo.
Los jueces condenaron a Ricardo Mendoza en carácter de coautor del delito de extorsión en grado de tentativa a la pena de tres años de prisión de ejecución condicional y seis años de inhabilitación para el ejercicio de cargos públicos. Por otra parte condenaron a Pablo Roldan, en carácter de coautor del delito de falsificación ideológica de instrumento público agravada por haber sido ejecutada por funcionarios públicos en ejercicio de sus funciones a la pena de dos años de prisión de ejecución condicional y cuatros años de inhabilitación para el ejercicio de cargos públicos.
Para mantener la forma de cumplimiento condicional de las penas los jueces dispusieron que Mendoza y Roldán por el plazo de duración de las respectivas condenas, fijen residencia y se sometan al control del Patronato de Liberados.
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