El militar que arrastró y mató a Nahuel Barragán fue condenado a 10 años de cárcel

Yonathan Maurette fue condenado como autor del delito de homicidio simple con dolo eventual. La Justicia también lo inhabilitó a  conducir por 10 años.

15 de Octubre de 2019 12:24

Por Redacción 0223

PARA 0223

Yonathan Maurette atropelló a Nahuel Barragán en Colón y 190 en diciembre de 2017. El militar siguió su marcha y llevó el cuerpo del joven al que había arrollado durante más de 10 cuadras, estacionó y se fue a dormir. El cadáver de Nahuel quedó debajo del auto hasta que la policía lo encontró. Este martes, la Justicia condenó a Maurette por el delito de homicidio simple con dolo eventual en concurso con lesiones y lo condenó a 10 años de cárcel.  

A su vez, el Tribunal Oral en lo Criminal 1, Facundo Gómez Urso, Pablo Viñas y Ricardo Perdichizzi, dictaron una inhabilitación para conducir por 10 años. 

La condena de los magistrados estuvo en línea con el pedido del fiscal Rodolfo Moure y cerca del planteo que había hecho el particular damnificado Maximiliano Orsini, quien había solicitado una pena de 12 años de prisión.

 

 

“Fue un fallo ejemplar”

El fiscal Rodolfo Moure valoró “la importancia que el Tribunal haya receptado en este caso la figura del dolo eventual y haya dado una pena de 10 años de prisión. Por supuesto que ninguna pena satisface la muerte de un ser querido. Pero hoy la familia se siente un poco mas recorfortada porque se hizo justicia”.

“Entendimos que este no fue un accidente de tránsito sino que el embestimiento había sido intencional. Esa es la diferencia con otros siniestros viales que hemos tenido. En este caso en particular, sostuvimos que Mourette vio al grupo de personas y lo embistió intencionalmente. Veremos si el Tribunal receptó esto porque me acaban de entregar la sentencia y la tengo que leer. Esa era la postura de la fiscalía”, indicó.

Por su parte el abogado Maximiliano Orsini coincidió con la importancia del fallo del tribunal presidido por Facundo Gómez Urso, Pablo Viñas y Ricardo Perdichizzi.

“Lo importante de este fallo, es que aparece luego de la modificación del código penal en el artículo 84. Hubo casos precedentes pero en la anterior redacción del artículo 84 donde no estaba la culpa temeraria. Es un fallo de trascendencia jurídica, un fallo de importancia que ha dictado el TOC1. Entiendo que el fallo fue ejemplar”, evaluó.

Y agregó: “Seguramente la defensa va a recurrir. Veremos lo que se decide en ulteriores instancias. Sí hay alguna decisión adversa, ahí si vamos a interponer un recurso", cerró el letrado.