Volvieron a negarle las salidas transitorias al asesino de Dalina Di Mauro

La Cámara de Apelaciones confirmó la decisión que hace diez días tomó la Justicia de Ejecución Penal. En 2009 Ezequiel Medina fue condenado a 21 años de prisión.

Medina fue condenado a 21 años de prisión y seguirá detenido. (Foto: 0223).

7 de Noviembre de 2019 13:15

Por Redacción 0223

PARA 0223

La sala 3 de la Cámara de Apelaciones y Garantías denegó este jueves las salidas transitorias de Ezequiel Medina, el hombre condenado a 21 años de prisión por el homicidio de Dalina Di Mauro en su kiosco de San Juan y Gascón en el año 2009. La medida de los jueces Pablo Pogetto y Raúl Perdichizzi estuvo en sintonía con la que hace diez días tomó el Juez de Ejecución Raúl Perdichizzi.

Mariano Di Mauro –hermano de la comerciante asesinada- se mostró satisfecho con la decisión de los magistrados y consideró que la decisión es un alivio para las víctimas de delitos que tienen que pasar siempre una instancia más.

“El argumento más importante es la constitucionalidad del articulo 100 de la Ley 12256 de Procedimiento por la que una persona condenada a 21 años y por el delito que cometió no tiene derecho a pedir salidas hasta seis meses antes de cumplir la totalidad de la pena”, señaló.

“La decisión de la Cámara permitirá que su familia pueda vivir en paz después de todo lo que les pasó”, agregó.

Ya en la audiencia realizada a fines de octubre en la que participó el fiscal de Ejecución Marcelo Blanco, los familiares de la comerciantes habían planteado que en los diez años que lleva detenido Medina no completó sus estudios, “no hizo nada dentro de la cárcel y recién ahora comenzó un curso en el taller que no pudieron certificar durante la audiencia”.

El pedido original de la defensa de Medina tenía como objetivo integrarse al programa “Cárcel por cárceles” y obtener otros beneficios que le permitieran revincularse con sus hijos.