Lo acusaban de robar en una casa y no se probó nada: absolvieron a Julio Sosa
El hecho ocurrió en octubre el año pasado en el barrio Fortunato de la Plaza. Las declaraciones y contradicciones de los policías que labraron las actas como clave de resolución.
Por Redacción 0223
PARA 0223
Un sujeto de 30 años acusado de entrar a robar una casa en el barrio Fortunato de la Plaza en octubre del año pasado fue absuelto tras la realización de un juicio en el Tribunal Oral en lo Criminal 4 en el que no que no se encontró debidamente probada su autoría. El Juez Jorge Peralta dispuso absolver libremente a Julio Alfredo Sosa, por no haberse acreditado la acusación fiscal que le atribuyera la comisión del delito de robo agravado por efracción de la puerta de una casa habitada en grado de tentativa.
La madrugada del 20 de octubre pasado un llamado al 911 alertó sobre el intento de ingreso a una vivienda ubicada en inmediaciones de las calles Dolores y Carasa por parte de una persona que utilizaba una barreta para romper la puerta de acceso. Tres efectivos de la Policía Local que estaban en inmediaciones del lugar se acercaron y aprehendieron a pocos metros de la casa a Sosa que caminaba por la calle.
Ante las preguntas del fiscal Daniel Vicente y del defensor oficial Eduardo Carmona dos de los efectivos relataron que interceptaron al imputado porque lo vieron salir caminado de esa vivienda, mientras que el superior de ambos dijo que en realidad Sosa caminaba por la vereda cuando decidieron interceptarlo.
Juez Jorge Pralta. (Archivo: 0223).
La intervención o no del imputado fue el eje central del debate ya que si bien se lo encontró en una “concreta situación de sospechabilidad” según el magistrado, no pudo comprobarse por las actas incorporadas al debate la veracidad de esa versión.
Con buen tino la defensa oficial les hizo reconocer a los dos agentes sus firmas en las actas de procedimiento y les preguntó si la habían leído antes de rubricarlas. Ante la respuesta positiva de ambos les hizo notar que en esos instrumentos públicos y en sus propias declaraciones nunca dijeron que Sosa salió de la vivienda sino que estaba caminando por la vereda.
“Es difícil dar crédito pleno a dos funcionarios que no dejaron de firmar actuaciones en la que se afirmaba algo bien distinto de lo que vinieron a decir al juicio. Entiendo que de acuerdo al sentido constitucional en que debe resolverse la duda debe concluirse que no se encuentra debidamente probada la autoría reprochada”, dijo Peralta
En la sentencia a la que tuvo acceso 0223 el Juez resolvió absolver libremente a Julio Alfredo Sosa, por no haberse acreditado la acusación fiscal que le atribuyera la comisión del delito de robo agravado por efracción de la puerta de una casa habitada en grado de tentativa.
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