Caso Lucía Pérez: los condenados ya pueden pedir salidas transitorias

Es porque Matías Farías y Juan Pablo Offidani cumplieron detenidos la mitad de la condena.

En foco, Offidani y a su lado Farías, en el juicio que se celebró en noviembre de 2018. Foto: archivo 0223.

8 de Octubre de 2020 08:07

Por Redacción 0223

PARA 0223

Matías Farías (26) y Juan Pablo Offidani (44), los imputados por la muerte de Lucía Pérez ocurrida el 8 de octubre de 2016, ya pueden pedir salidas transitorias en el marco de la condena a 8 años de prisión que recibieron el 28 de noviembre de 2018 por la “tenencia ilegítima de estupefacientes con fines de comercialización agravado por ser en perjuicio de menores de edad”.

La abogada defensora María Laura Solari confirmó que los acusados "estarían en condiciones" de solicitar el beneficio a la Justicia de Ejecución Penal porque este jueves, en coincidencia con los cuatro años que se conmemoran por la desaparición física de la adolescente de 16 años, ambos cumplen la mitad del tiempo de pena que llevan detenidos.

El Código Penal contempla esta posibilidad si dentro de ese lapso los condenados también muestran una buena conducta en la cárcel. "Hoy esto se ve casi imposibilitado por la pandemia porque con este contexto no se están otorgando tantas salidas transitorias pero si no estarían perfectamente habilitados los dos imputados", ratificó la letrada, en declaraciones a 0223.

"Hay que ver si los jueces están realmente dispuestos a jugarse y a otorgar algo que en realidad corresponde conforme a derecho", expresó Solari, quien insistió en la "gravedad institucional" que implica el fallo que resolvió en agosto pasado el tribunal de Casación para dejar sin efecto la sentencia que había absuelto a Farías y Offidani por el "abuso sexual seguido de muerte" en perjuicio de Lucía.

La Justicia evaluará si corresponde hacer lugar o no a este beneficio una vez que la defensa eleve las solicitudes con todos los argumentos correspondientes a su favor. Para la toma de este tipo de decisiones, las autoridades también requieren informes al Servicio Penitenciario Bonaerense (SPB) para corroborar el comportamiento de los acusados durante su período de privación de libertad.

El 12 de agosto, la Sala IV de la Cámara de Casación anuló el veredicto de 2018 del Tribunal Oral en lo Criminal Nº1 de Mar del Plata - compuesto por Aldo Carnevale, Pablo Viñas y Facundo Gómez Urso - que solo había condenado a Farías y Offidani por la venta de droga pero no por el femicidio de la joven que se denunció en el barrio Playa Serena.

Los jueces Mario Eduardo Kohan, Carlos Ángel Natiello y Fernando Luis María Mancini lamentaron la "falta de perspectiva de género" en el fallo inicial y ordenaron la realización de un segundo juicio para que haya un nuevo tratamiento de la prueba incriminatoria y se concluya, entonces, si corresponde ratificar la sentencia absolutoria o aplicar una condena por el grave delito.

Lo que denuncia la familia de Lucía es que el 8 de octubre de 2016, a las 10.30, Offidani y Farías, quienes vendían drogas a adolescentes cerca de escuelas de Mar del Plata, la llevaron hasta una vivienda para abusar sexualmente de ella y después la trasladaron sin vida a un centro médico alejado de la ciudad.