Piden que cese el arresto domiciliario de Daniel Viglione y que vuelva a la cárcel

El abogado Julio Razona sostuvo que nunca hubo un monitoreo electrónico y que están dadas las condiciones para que regrese al complejo penitenciario de Batán.

Daniel Viglione durante el juicio. (Foto: archivo 0223).

9 de Noviembre de 2020 15:54

Por Redacción 0223

PARA 0223

Siete meses y medio después de que en el marco de la pandemia de coronavirus la Justicia dispusiera el arresto domiciliario de Daniel Viglione y a partir de la etapa de Distanciamiento anunciada el viernes pasado, el abogado de varias de las víctimas solicitó que se deje sin efecto la medida y que el “analista de mercados a futuro” regrese al complejo carcelario de batán para terminar de cumplir la condena de nueve años y cuatro meses de prisión.

En su presentación ante la Jueza Correccional Ana Fernández, el abogado Julio Razona planteó que el monitoreo electrónico por el que se otorgó la morigeración jamás existió y que se reemplazó por una vigilancia policial sobre el domicilio en el que cumplió la medida. “Esa medida genera un dispendio incomprensible de esfuerzos de personal policial para llevar a cabo esa tarea de control, ajena a sus tareas específicas, absolutamente reñida con la lógica y la seguridad pública”, sostuvo.

Razona sostuvo que a partir del ingreso a una etapa de Distanciamiento Social Preventivo y Obligatorio, el “gurú” condenado por estafar a 74 personas por cerca de cuatro millones de dólares debe regresar a una Unidad del Servicio Penitenciario Bonaerense.

“El distanciamiento ordenado es de simple implementación, atento las modalidades de detención por las que se puede optar en una unidad carcelaria para garantizar el cuidado de la salud del detenido”, fundamentó.

Para el abogado la medida otorgada tras el pedido de la defensa –y que tuvo acuerdo del Ministerio Público Fiscal- estaba comprendido dentro de los parámetros de la emergencia por 180 días que había dispuesto la provincia de Buenos Aires. Desde ese pedido Razona había planteado la negativa al considerar que había peligrosidad procesal.