Cuáles son los requisitos para que una calle de Mar del Plata se llame Maradona

La ordenanza municipal Nº 18.732 establece las condiciones para realizar cambios de nominaciones en caso de homenajes o designaciones rememorativas.

4 de Diciembre de 2020 08:20

Por Redacción 0223

PARA 0223

El fervor maradoniano que despertó la partida física del mejor jugador de fútbol de la historia se tradujo en un sinfín de homenajes en Mar del Plata: a tan solo una semana de su muerte, se ilustaron diferentes murales con la figura del Diez y hasta hubo pedidos a las autoridades para instalar estatuas o avanzar con el cambio de nombres de avenidas.

Uno de los casos más emblemáticos, quizás, se constató este martes con la presenación que hizo un vecino particular para que la avenida Colón reciba el nombre de Diego Armando Maradona a partir del 25 de noviembre del 2021, es decir, al cumplirse exactamente un año del fallecimiento del máximo ídolo nacional.

¿Se podría hacer un homenaje de estas características en tan poco tiempo en la ciudad? La respuesta, en principio, es no. La ordenanza municipal Nº 18.732 es la que establece las condiciones para realizar cambios de nominaciones en caso de homenajes o designaciones rememorativas dentro de los límites de General Pueyrredon.

La letra de la legislación local a la que tuvo acceso 0223 marca que recién podrán imponerse los nombres de personas "después de transcurridos tres años desde el día de su fallecimiento o desaparición judicialmente declarada". Es decir que, con Maradona, habría que esperar hasta el 2023.

Sin embargo, el último artículo de la misma ordenanza habilita la posibilidad de que el Concejo Deliberasnte exceptúe "el plazo previsto cuando se trate de personas de pública y notoria trayectoria local".

Esta normativa modificó el artículo 5º de la ordenanza original, que llevaba el número 16.464. Dentro de la misma, también se establece que se impondrán "las designaciones rememorativas de hechos históricos después de transcurridos diez años de acontecidos".