Los comercios también abrirán por decreto: quiénes pueden trabajar

Mientras espera el aval comprometido del gobierno nacional, el intendente firmó el permiso para que los locales puedan abrir por 72 horas, entre las 11 y las 17.

Los comerciantes realizaron diversos reclamos en los últimos días.

25 de Mayo de 2020 18:44

Por Redacción 0223

PARA 0223

El intendente Guillermo Montenegro firmó este lunes el decreto mediante el que autoriza la apertura de locales de venta minorista de bienes en comercios.

En principio –y a la espera del visto bueno que llegará de Nación- el permiso tiene validez a partir de este martes y por un plazo de 72 horas. Los comerciantes “deberán respetar y hacer respetar las condiciones de seguridad e higiene dispuestas en los Protocolos Sanitarios correspondientes”.

El horario de apertura de los comercios será de lunes a viernes de 11 a 17 y sábados de 9 a 15. Los domingos y feriados los locales deberán cerrar.

Qué comercios podrán abrir

  • Los que venden bienes no esenciales (ropa, juguetes, electrodomésticos, muebles, repuestos, vinotecas, mercerías, jugueterías, peluquerías y similares).
  • Bares, restaurantes, cafeterías, heladerías, cervecerías, sandwicherías, casas de comida únicamente con servicio a domicilio y/o “para llevar”. No se permite el consumo dentro del local o en la calle.
  • Comercios de bienes esenciales (almacenes, supermercados, carnicerías, panaderías, peluquerías, ferreterías, farmacias y servicios habilitados como Ripsa, Pago Fácil, bicicleterías, talleres, gomerías, telefonía, inmobiliarias, pinturerías y similares).
  • Comercios situados en galerías.
  • Servicios de cercanía de service de TV y tecnología, tapicerías, zapaterías, tintorerías, sastrerías y similares.
  • Agencias de lotería (dependiendo de Provincia).

Qué comercios no podrán abrir

  • Servicios de esparcimiento (videojuegos, bingos, hoteles, salones infantiles, salones de fiesta y similares).
  • En ferias comunitarias no pueden abrir los comercios no esenciales.
  • Servicios de tratamientos de estética, solárium, manicuría y depilación.
  • Tatuadores.
  • Shoppings y ferias en las calles (ferias artesanales, de antigüedades y similares)
  • Venta ambulante, pochocleros, heladeros, foodtrucks.
  • Gimnasios y similares.

Desde la Municipalidad se aclara que no está permitida la actividad comercial en shoppings o ferias, ni la permanencia en espacios públicos con fines recreativos y que tampoco se podrán utilizar los bancos públicos o el mobiliario urbano en general con tal fin, incluso para descansar o sentarse.

En el mismo documento se aclara que los locales gastronómicos, cervecerías y afines continuarán operando con la modalidad “para llevar” o “reparto a domicilio”, no admitiéndose ninguna otra forma de atención al público. En ese sentido, se deja expresamente aclarado que se encuentra prohibido el consumo en vía pública, paseos, parques y plazas de los productos allí adquiridos.

En relación a los motivos de tal decisión, el jefe comunal aclara que “desde la finalización de la prueba piloto de reactivación económica en General Pueyrredon no se ha detectado una variación sustancial de la situación epidemiológica” y que en la actualidad, “no existen casos confirmados de Coronavirus Covid-19 en tratamiento en camas de terapia intensiva en el Partido.

 “Se ha realizado un minucioso estudio de los resultados de la prueba piloto de reactivación económica en General Pueyrredon siendo el balance de la misma en general fue muy positiva, observándose un elevado cumplimiento de las normas de bioseguridad de los protocolos elevados”, manifiesta el decreto en otro de sus párrafos.