Investigan accionar policial al detener a uno de los imputados por el crimen de “Lele” Gatti

La causa por supuestas vejaciones y apremios se tramita en la fiscalía temática tras el pedido que se hizo a la Fiscalía General.

Traslado de Ytzcovich desde la comisaría novena a la UP 44 de Batán. (Foto: archivo 0223).

9 de Noviembre de 2021 17:03

Por Redacción 0223

PARA 0223

Tras la decisión de la Justicia de Garantías de rechazar la recusación de la fiscal Andrea Gómez al frente de la investigación por el crimen del DJ Leandro “Lele” Gatti que este martes adelantó 0223, se confirmó el inicio de una nueva causa en la fiscalía temática para denunciar posibles vejaciones y apremios que uno de los imputados habría sufrido en la comisaría novena. Por ese motivo se dispuso apartar al personal de esa dependencia de la investigación.

En la audiencia que el lunes presidió la Jueza de Garantías Lucrecia Bustos antes de rechazar el pedido de recusación que hizo la defensora del jefe de seguridad de Mr. Jones, la titular de la Unidad Fiscal de Instrucción 1 aclaró que apartó a la Seccional Novena “y una vez que su agenda lo permitió por encontrarse en juicio oral, remitió actuaciones a la Fiscalía General, para que investigara la actuación de dicha dependencia”.

A la fecha se tramita ante la UFI 12 una Instrucción Penal Preparatoria caratulada "Comisaria Distrital 9na, Personal Policial s/Vejaciones y/o apremios ilegales en acto de servicio" que deberá determinar las condiciones en las que estuvo Luis Ytzcovich en esa dependencia y si existió un actuar irregular o ilícito.

El pedido que no prosperó

La abogada Paula Oviedo, como defensora de Fernando Romito, había solicitado el apartamiento de la fiscal Gómez por considerar que existieron diversas irregularidades, arbitrariedades e ilicitudes en la tramitación de la causa que, a su entender, conformaron una “sorprendente gravedad institucional”.

Tal lo informado oportunamente, argumentó que se omitieron líneas de investigación, se efectuaron actos nulos de nulidad absoluta tales como detenciones ilegitimas, pruebas habida de modo ilegal, trato cruel y degradante de la policía, allanamientos, pedidos de capturas tardíos y que se produjeron graves violaciones a los derechos de los imputados y a la dignidad de sus familiares, afectándose el derecho de defensa en juicio.

“Oviedo había indicado que la policía y la fiscalía actuaron en contra de la  ley aplicable, negándole antijurídicamente a los imputados un derecho reconocido por la ley, y que “esa responsabilidad no solo refluye en el perjuicio “individual” que se ocasiona a Ytzcovich y Romito, sino que provoca un daño institucional irreversible, poniendo en juego el correcto funcionamiento de las instituciones”.

En la recusación sostuvo, al igual que en el recurso de apelación contra el auto de prisión preventiva, la participación y convalidación de prácticas ilícitas en sede policial, la ausencia de denuncia, la violación al deber de objetividad (Ley Ministerio Público) y que dejaban implícito el temor de parcialidad, el cual se fundaba en la actitud de los funcionarios durante la práctica de tales actos procesales.

La respuesta fiscal

En el encuentro realizado el lunes, del que participó el abogado Cristian Ford como defensor de Ytzcovich, la fiscal Andrea Gómez sostuvo que las calificaciones son provisorias y que no existió violación al principio de objetividad, obligación que incumbe al Ministerio Público, y no la de actuar con imparcialidad como sostiene la Defensora, recaudo que se exige al Juez.

La titular de la UFI 4 señaló que siempre persiguió el esclarecimiento de la verdad, ajustándose a las pruebas legítimas y que todas las diligencias solicitadas por el Ministerio Público fueron evaluadas y otorgadas por la Justicia de Garantías. En el mismo sentido aclaró que la investigación se encuentra en un estadio inicial, y que si bien la evaluación de la prueba se efectuó en una primera instancia, esa investigación sigue avanzando y resta determinar otro de los autores.

Gómez aclaró que apartó a la Seccional Novena, y una vez que su agenda lo permitió por encontrarse en juicio oral, remitió actuaciones a la Fiscalía General, para que investigara la actuación de dicha dependencia. En cuanto a las pruebas cuestionadas por la Defensa, específicamente no las valoró al momento de requerir la prisión preventiva de los imputados.

La fiscal recordó que específicamente se constituyó en sede policial para evitar que Ytzcovich efectuara cualquier manifestación autoinculpatoria, y prestara declaración en sede Fiscal. En esa diligencia contó con el asesoramiento de la Defensora Oficial Laura Solari y la misma se llevó adelante en presencia de la Jueza de Garantías. Con relación al cuestionamiento sobre su no presencia en los allanamientos, afirmó que es una facultad del Fiscal delegar su realización a la policía.

La resolución

En el cierre de las nueve páginas de su resolución la Jueza de Garantías Lucrecia Bustos planteó que el propio Ytzovich en oportunidad de prestar declaración mencionó que si bien la policía le había hecho preguntas sobre el hecho - en un claro exceso de sus funciones - la Fiscal se presentó en la seccional e interrumpió el acto, indicándole que no debía contestar ninguna pregunta hasta que contara con el asesoramiento de su Defensa.

“Fue recién en sede Fiscal, y luego de ser asesorado por la defensora Solari, que el causante optó por brindar su versión del hecho, en forma absolutamente voluntaria, diligencia que presencié”, y agregó que “la fiscal Gómez, no sólo no valoró ninguna de las piezas que llevó a cabo el personal policial en exceso de sus atribuciones, sino que apartó a la Seccional Novena -a sugerencia de esta judicatura- y mandó a formar actuaciones por separado”, sostuvo.

Luego de ese análisis, la titular del Juzgado de Garantías 6 resolvió no hacer lugar a la recusación planteada por la doctora Paula Oviedo y notificó a todas las partes.