Secuestró a la ex, la golpeó y violó: ocho años de prisión

Ocurrió en enero del año pasado. Raúl Eduardo Arcurio fue condenado tras la validación de un juicio abreviado. Seguirá detenido en el complejo penitenciario de Batán.

Se hizo un acuerdo de juicio abreviado.

19 de Abril de 2021 14:51

Por Redacción 0223

PARA 0223

Un hombre de 43 años que en enero de 2020 retuvo a la ex pareja en su casa del barrio Fray Luis Beltrán, la atacó a golpes de puños, le pegó con un palo y la violó tras amenazarla con un cuchillo fue condenado a ocho años de prisión tras la validación de un acuerdo de juicio abreviado. La pena impuesta a Raúl Eduardo Arcurio vencerá el 28 de enero de 2028 ya que permanece detenido desde el día del hecho.

Tal como se probó en la investigación fiscal, el 29 de enero de 2020 en una vivienda ubicada en Ghandi al 2800 el imputado retuvo a la ex pareja y tras los golpes y las amenazas la violó. Como resultado de esa violencia, la víctima –identificada como C.A.R. en la sentencia- padeció múltiples y serias lesiones que constituyeron un grave daño en su salud.

La mujer tenía dos hijos con Arcurio y esa jornada había ido a visitarlos, pero al momento de retirarse el sujeto la encerró y comenzó a atacarla. “Me golpeó en la cara, en todo el cuerpo, me agarró de los pelos y me daba contra el piso, me zamarreó, después me tiró en la cama y me pegó con un palo en la mano, la pierna y la espalda. Tenía un cuchillo en la mano y me lo apoyaba en el cuello mientras me violaba”, declaró en su momento la víctima.

El ingreso de un vecino ante los pedidos de ayuda junto a la presencia de un patrullero que recorría la zona permitió rescatar a la mujer y aprehender al agresor que fue trasladado a la comisaría de la zona. Esa misma noche fue trasladado a la Unidad Penal 44 de Batán.

En la sentencia a la que tuvo acceso 0223 el Juez Juan Manuel Sueyro descartó cuestiones eximentes de la responsabilidad penal, atenuantes y agravantes ya que no fueron propuestos por las partes en el acuerdo.

Tras calificar a los hechos como constitutivos del delito de Abuso sexual con acceso carnal, agravado por el daño ocasionado a la víctima y por la utilización de arma condenó a Raúl Eduardo Arcurio a la pena de ocho años de prisión.