El Senado convirtió en ley el proyecto para garantizar el cupo laboral travesti trans

A partir de la nueva legislacion, el Estado deberá contratar al menos el 1 por ciento de la dotación de la administración pública con personas trans, travesti y transgénero.

24 de Junio de 2021 19:36

Por Redacción 0223

PARA 0223

El Senado de la Nación convirtió en ley el proyecto de inclusión laboral para la población trans, travesti y transgénero, que establece que el Estado deberá contratar al menos el 1 por ciento de la dotación de la administración pública, en todas las modalidades de contratación regular vigentes.

Después de la media sanción que había otorgado Diputados y los años de lucha de las organizaciones militantes, el tablero de la Cámara Alta marcó 55 votos a favor, 1 en contra y seis abstenciones, y la norma quedó sancionada. El voto negativo fue de Ernesto Martínez, del PRO de Córdoba.

En concreto, la norma aprobada estipula, entre otros puntos, que el Estado nacional "comprendiendo los tres poderes que lo integran, los Ministerios Públicos, los organismos descentralizados o autárquicos, los entes públicos no estatales, las empresas y sociedades del Estado" tiene que destinar "una proporción no inferior al uno por ciento de la totalidad de su personal con personas travestis, transexuales y transgénero". 

La normativa también establece incentivos por contratación para las empresas privadas y se estipula la creación de líneas de crédito específicas por parte del Banco Nación "con tasa preferencial para el financiamiento de emprendimientos productivos, comerciales y/o de servicios, individuales o asociativos, destinados específicamente a personas solicitantes travestis, transexuales y transgénero".

La flamante ley incorpora una serie de principios de "no discriminación" que serán obligaciones del Estado. En este sentido, se establece que para acceder a los puestos laborales "el requisito de terminalidad educativa no puede resultar un obstáculo". Si las personas aspirantes no completaron la escolaridad, "se permitirá su ingreso con la condición de cursar el o los niveles educativos requeridos", y será el Estado quien deba garantizar los medios para que esto se cumpla.

A su vez, la legislación bautizada con los nombres de dos de las referentes históricas del colectivo Diana Sacayán y Lohana Berkins, señala que tampoco será obstáculo el hecho de que las personas postulantes tengan antecedentes contravencionales, mientras que los antecedentes penales "que resulten irrelevantes para el acceso al puesto laboral no podrán representar un obstáculo para el ingreso y permanencia en el empleo considerando la particular situación de vulnerabilidad de este colectivo".

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