Condenados por delitos penales no podrán asumir cargos públicos en General Pueyrredon

El Concejo Deliberante aprobó el proyecto de “Ficha Limpia”. Alcanza a los cargos del Ejecutivo y el Legislativo local.

La presidenta del Concejo Deliberante, Marina Sánchez Herrero, defendió el proyecto. Foto: 0223.

14 de Octubre de 2022 07:54

Por Redacción 0223

PARA 0223

El Concejo Deliberante aprobó el proyecto de Ficha Limpia impulsado por el oficialismo, por el cual se prohíbe acceder a cargos públicos a quienes tengan una condena firme por delitos penales.

Ficha Limpia es un posicionamiento respecto a los valores democráticos”, expresó la concejal Marina Sánchez Herrero durante el debate de este jueves en sesión ordinaria del Concejo Deliberante, quien a su vez recordó que el principio está contenido en la Constitución Nacional.

A través de la nueva normativa, aprobada por unanimidad, se inhabilita a personas que tengan una condena judicial firme por delitos tipificado en el Código Penal de la Nación a ocupar cargos públicos en la función pública municipal, en los cargos de presidentes y vicepresidentes de entes; secretarios y subsecretarios; directores generales y subdirectores; delegados, jueces de Faltas, defensores del Pueblo e integrantes del Concejo Deliberante.

El artículo 4° determina que no podrá asumir ninguno de los cargos los ciudadanos “con sentencia condenatoria en segunda instancia o sentencia de primera instancia no recurrida", este último aspecto por el caso de los juicios abreviados. Sánchez Herrero, abogada y exintegrante del Consejo de la la Magistratura de la Nación, consideró que con dicha formulación está garantizado el respeto del “principio de inocencia".

Entre los delitos que se contemplan como prohibitorios del ejercicio de la función pública se detallan los relacionados con hechos de corrupción, delitos contra la seguridad de la Nación, delitos contra los poderes públicos y el orden constitucional, cohecho y tráfico de influencias, malversación de caudales públicos, negociaciones incompatibles con el ejercicio de la función pública, fraude en perjuicio de la Administración Pública, delitos económicos y financieros, y homicidio, violencia de género o contra la integridad sexual, como así también deudores alimentarios.