Exploración petrolera: recusaron a los camaristas por sus declaraciones sobre “fascismo ambiental”

Organizaciones encabezadas por Greenpeace pidieron apartar a los jueces Jiménez y Tazza de la causa que tramita el amparo que busca frenar el proyecto a 300 kilómetros de Mar del Plata. “Esta calificación es una sentencia de muerte para la imparcialidad en el proceso”, consideraron.

La imparcialidad de los jueces Jíménez y Tazza fue cuestionada tras la conferencia realizada el 5 de diciembre. Foto: 0223.

17 de Diciembre de 2022 07:37

Por Redacción 0223

PARA 0223

Las organizaciones ambientalistas que se vienen oponiendo judicialmente a la exploración off shore en el Mar Argentino, recusaron con expresión de causa a los camaristas que recientemente revocaron la medida cautelar que prohibía la actividad. Los denunciantes apuntaron contra las declaraciones periodísticas formuladas por el juez Eduardo Jiménez sobre que “no quisimos avalar ni un fascismo ambiental ni una explotación a cómo venga”.

Dicha expresión por realizada en el marco de una conferencia de prensa convocada el pasado 5 de diciembre por Jiménez y el juez Alejandro Tazza, horas después de dar a conocer la sentencia que revocó la cautelar del juez de Primera Instancia Santiago Martín. "No quisimos avalar ni un fascismo ambiental ni una explotación a cómo venga, tenemos que buscar un justo equilibrio para que no dañe los ecosistemas", fue de las frases más destacadas del encuentro de los magistrados con los medios.

En el pedido de recusación presentado en las últimas horas, los demandantes, encabezados por Greenpeace, sostuvieron que los camaristas “se expresaron de forma incorrecta conforme la investidura del rol que ocupan, refiriéndose a una de las partes del proceso con odio y resentimiento manifiesto y adelantaron opinión sobre el pleito en proceso”. Por ello, “esta situación afecta su imparcialidad o, cuanto menos, generan en este bloque actor sospechas serias y fundadas acerca de la imparcialidad de ambos, alterando el equilibrio entre las partes como condición del debido proceso”.

Si bien la declaración fue efectuada por Jiménez, las organizaciones entienden que también comprende a Tazza, ya que fueron realizadas en primera persona del plural, donde además el segundo juez no planteó diferencias con lo formulado. Entre las pruebas, aportaron la nota publicada en 0223, donde se reflejó la frase de Jiménez.

Los camaristas habilitaron la exploración petroleras a 300 km de la costa marplatense.

El odio y el resentimiento, inaceptable institucional y jurídicamente, constituye causal de recusación con causa, así como adelantar opinión sobre el pleito en curso”, agregaron los demandantes, para quienes se tornan aplicables las causales legales de recusación previstas en los incisos 7 y 10 del artículo 17 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación.

“No se puede pasar por alto que en el caso que tenga que volver a intervenir como alzada, el Dr. Jiménez analizará los planteos de las organizaciones ambientalista bajo el sesgo de `fascistas ambientales`. Esta calificación es una sentencia de muerte para la imparcialidad en el proceso”, sostuvieron al respecto, además de expresar que “resulta un agravio” haber sido señalados como “fascistas ambientales”.  Por todo ello, concluyeron que “lo que transmitió el juez Jiménez a medios periodísticos no es información relativa a la marcha de las actuaciones judiciales, sino un claro juicio de valor sobre una de las partes”.