Fuerte golpe para Mar del Plata: los días puentes de 2025 no serán feriados sino "no laborables"
Así lo estableció el decreto del gobierno de Javier Milei. Implica que dependerá de cada empleador si otorga el día de descanso o no.
Por Redacción 0223
PARA 0223
Un cambio trascendental y que implicará un fuerte golpe para el turismo nacional y Mar del Plata incluyó el gobierno de Javier Milei en el decreto con el que este jueves estableció los fines de semana con fines turísticos para el próximo año. Parece un detalle pero es sumamente relevante: en lugar de establecer los tres días puentes como feriados, tal y como venía ocurriendo, tendrán el carácter de “días no laborales”.
¿Cuál es la diferencia? Los segundos implican que será decisión del empleador si ese día se trabaja o no, mientras que en el primero es obligatorio y rigen las normas del descanso dominical, como la paga doble. Esto impactará directamente en el turismo, ya que es usual que prácticamente todo el sector privado trabaje en los días no laborables como otro día normal de la semana, lo que afectará la llegada de turistas a Mar del Plata. El caso más típico es el de Semana Santa, donde el Jueves Santo es día no laborable, por lo que casi la totalidad de los empleados privados deben trabajar.
A través del Decreto 1027/24, el gobierno nacional estableció como días laborables con fines turísticos al 2 de mayo, 15 de agosto y 21 de noviembre de 2025, mientras que el 27 de diciembre de 2023 el propio Javier Milei había dispuesto mediante el Decreto 106/23 que el 1° de abril, 21 de junio y 11 de octubre de 2024 sean “feriados con fines turísticos”.
La Ley 27.399 de Establecimiento de Feriados y Fines de Semanas Largos le otorga esta potestad al Ejecutivo, ya que el Artículo 7° establece que el “Poder Ejecutivo nacional podrá fijar anualmente hasta tres días feriados o no laborables destinados a promover la actividad turística, que deberán coincidir con los días lunes o viernes”.
De este modo, en lo concreto en 2025 no habrá feriados extra largo como se acostumbró desde la sanción de dicha ley. El feriado del jueves 1°de mayo por el Día Internacional del Trabajador será seguido por un viernes no laborable; el viernes 15 de agosto será no laborable mientras que el feriado por el Paso a la Inmortalidad del General José de San Martín cae el domingo 17 de agosto; y, finalmente, el jueves 20 de noviembre (Día de la Soberanía Nacional) irá acompañado de un día no laborable el viernes 21 de noviembre.
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