Netflix anunció la mini serie documental de Fernando Báez Sosa
Se trata de tres capítulos en los que con imágenes y testimonios de letrados, familiares y amigos del joven reconstruyen los hechos que rodearon el asesinato ocurrido en Villa Gesell en 2020.
Por Redacción 0223
PARA 0223
Netflix estrenará el próximo 13 de noviembre el documental “50 segundos: el caso Fernando Báez Sosa”, una mini serie que reconstruye los hechos que rodearon el salvaje crimen de Fernando Báez Sosa, asesinado a golpes por un grupo de rugbiers a la salida de un boliche en la ciudad de Villa Gesell el 18 de enero de 2020.
La serie documental recorre distintos ángulos del caso a través de entrevistas exclusivas con familiares de Báez Sosa, amigos, periodistas que cubrieron el hecho y algunos de los condenados por el brutal asesinato.
Con imágenes de archivo, testimonios inéditos y material del proceso judicial, la serie busca ofrecer una reconstrucción detallada de los acontecimientos que desembocaron en la muerte de Báez Sosa y de las repercusiones que el caso provocó en la sociedad argentina. La serie fue dirigida por Martín Rocca y producida por Fábula.
El caso
El homicidio de Fernando Baez Sosa ocurrió en el verano de 2020 frente a la discoteca Le Brique en Villa Gesell, tras una discusión dentro del boliche que derivó en la golpiza fatal a manos de un grupo de jóvenes de la misma edad que la víctima.
El ataque, registrado en video y viralizado en pocas horas, conmocionó al país y se convirtió en uno de los casos policiales más estremecedores de la historia policial argentina.
Tres años después del crimen, en febrero de 2023, el Tribunal Oral en lo Criminal N°1 de Dolores dictó condenas: prisión perpetua para Máximo Thomsen, Ciro Pertossi, Enzo Comelli, Matías Benicelli y Luciano Pertossi; y 15 años de cárcel para Ayrton Viollaz, Blas Cinalli y Lucas Pertossi, considerados partícipes secundarios.
En marzo de 2024, la Cámara de Casación bonaerense confirmó las condenas, pero modificó la calificación legal. Los magistrados Fernando Mancini y María Florencia Budiño concluyeron que no existió alevosía, aunque sí premeditación y participación de dos o más personas, de acuerdo con el artículo 80 del Código Penal de la Nación.
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