Atropelló y mató a un policía al evadir un control: diez años después deberá indemnizar a la viuda y a la hija

Lucas Carnero deberá pagar tres millones de pesos más intereses. La resolución del Juzgado Contencioso Administrativo N°1 rechazó la demanda contra el municipio, la provincia y la compañía aseguradora.

Auto con el que atropelló y mató al policía. (Foto: archivo 0223).

14 de Julio de 2025 13:12

Por Redacción 0223

PARA 0223

El Juzgado Contencioso Administrativo dispuso que el sujeto condenado a diez años de prisión tras atropellar y matar a un policía, al intentar evadir un control de tránsito en julio de 2015, deberá pagarle tres millones de pesos más intereses a la viuda y a la hija de Fabián Mendiola.

En la misma resolución, el Juez Simón Isacch definió que los herederos forzosos de la víctima son la hija y la cónyuge supérstite, desplazando a los padres que habían acompañado el reclamo, y rechazó la demanda contra el municipio, la provincia y la compañía aseguradora.

En el caso de la compañía aseguradora consideró acreditado que Lucas Carnero conducía el automóvil Volkswagen UP, dominio OTJ591 con una concentración de 1,46 gramos de alcohol por litro de sangre y que eso resultaba operativa la causal de exclusión de cobertura prevista en la póliza contratada.

Lucas Carnero fue condenado a 10 años de prisión. (Foto: archivo 0223).

En cuanto a la responsabilidad de la provincia, se acreditó que con motivo del fallecimiento, la Caja de Retiros, Jubilaciones y Pensiones de las Policías de la Provincia de Buenos Aires les otorgó a la viuda y a la hija el beneficio de pensión.

“De tal modo, ante la ausencia en el escrito de demanda de un fundamento de responsabilidad (lo que me lleva a inferir que la cuestión queda circunscripta a la condición de integrante de la fuerza policial) debo concluir que la Provincia de Buenos Aires –aquí codemandada- ya cumplió con las obligaciones generadas por el fallecimiento de quien era su dependiente y a favor de su hijo y esposa (aquí actores)”, sostuvo.

En la demanda presentada se había señalado que además de la culpa de Carnero en el acaecimiento del hecho, la Municipalidad de General Pueyrredón también debía responder por los daños ocasionados a causa del mismo, ya que el otorgamiento irregular de la licencia de conducir al nombrado contribuyó al resultado fatal.

Ocurrió en en Colón e Yrigoyen. (Foto: archivo 0223).

Para el magistrado la participación de Mendiola en el operativo especial que se hacía por parte del área Tránsito municipal se enmarcaba en el servicio de Policía Adicional (POLAD) por lo que los accidentes que sufriera el personal como consecuencia directa del desempeño de tal tarea “serán considerados como acaecidos en acto de servicio, a todos los efectos legales”.

Con relación a la falta de una licencia habilitante legítimamente otorgada no constituye un factor suficiente "per se" de atribución de responsabilidad. “La falta de habilitación para conducir solo resulta relevante si, de acuerdo a las circunstancias del caso, esa falta tuvo incidencia causal en la producción del evento dañoso, es decir, en la medida que hubiera mediado impericia o inhabilidad por parte del conductor”, indicó.

Lucas Carnero había sido condenado en junio de 2017 a diez años de prisión como autor penalmente responsable del delito de homicidio simple tras un juicio realizado en el Tribunal Oral en lo Criminal 1. En septiembre de 2021 se le dio la libertad asistida al considerar cumplió con cada uno de los plazos previstos, tuvo un comportamiento que permitía acceder a esa modalidad y no registró problemas durante su alojamiento.

El control, la fuga, la detención

El hecho por el que condenaron a Carnero ocurrió durante los primeros minutos del 21 de julio de 2015 durante un operativo especial en el marco de la celebración del Día del Amigo cuando intentó evadir un control de alcoholemia en Colón e Yrigoyen, atropelló y mató al policía Fabián Mendiola que daba apoyo al personal de Tránsito.

Tras el siniestro, se dio a la fuga por Colón, pero fue detenido por efectivos policiales en Arenales y Brown. Dentro del Volkswagen UP había dos ocupantes más, todos jóvenes mayores de edad y al momento de realizarle el análisis de alcoholemia se reveló que conducía con 1.44 de alcohol en sangre.

Estuvo preso hasta obtener la libertad asistida. (Foto: archivo 0223).

El tribunal, compuesto por los jueces Pablo Viñas, Facundo Gómez Urso y el ya jubilado Aldo Carnevale hizo lugar al planteo del Ministerio Público Fiscal y los abogados particulares damnificados y entendió que el accionar de Carnero constituyó el delito de homicidio simple, y no homicidio culposo, es decir sin intención, como planteó la defensora oficial María Laura Solari.

La calificación y la pena de 10 años de prisión fueron confirmadas por los jueces Carlos Ángel Natiello y Mario Eduardo Kohan de la Sala 4 del Tribunal de Casación el 22 de mayo de 2018 y notificada a las partes pocos días después.